“esterilización quirúrgica”29. De acuerdo al testimonio de Beatriz, ella decidió no asistir a dicha intervención en tanto tenía temor de lo que le pudiera pasar y que eventualmente podría pensar en “tener hijos más adelante”30. C. Sobre lo sucedido a Beatriz 37. Beatriz tenía 22 años en la época de los hechos. El 18 de febrero de 2013 Beatriz acudió a una consulta al Hospital Nacional Rosales y se le diagnosticó un embarazo de once semanas31. Asimismo, debido a su enfermedad de base permaneció internada durante tres días en dicho hospital32. De acuerdo a un informe médico se consideró que el embarazo de Beatriz era de “alto riesgo” debido a su enfermedad de base33. 38. El 7 de marzo de 2013 Beatriz acudió al hospital para una cita médica y se diagnosticó que en el feto “no se observa calota craneana y la imagen es característica de un anencéfalo’’34 . Los médicos del hospital le informaron a Beatriz que existía una “malformación congénita” del feto y, en caso de persistir el “diagnóstico de anencefalia”, se llevaría su caso ante el Comité Médico “para consensar (sic) momento de interrupción por beneficio materno ya que la anencefalia es incompatible con la vida’’35. 39. El 12 de marzo de 2013 Beatriz fue trasladada e internada en el Hospital Nacional de Maternidad. Conforme a la documentación de dicho hospital, se realizaron dos estudios de ultrasonido que confirmaron el diagnóstico de feto anencefálico36. Dos días después los médicos le explicaron a Beatriz el “nulo pronóstico de sobrevida del feto”, las complicaciones que surgirían en su embarazo tomando en cuenta la enfermedad de base que padecía y sus antecedentes de complicaciones en el embarazo anterior. De acuerdo al informe médico, Beatriz solicitó que, debido a lo que se le había informado, se interrumpiera su embarazo. No obstante, se le indicó que “legalmente no es permitido en el país”37. 40. El 14 de marzo de 2013 el Comité Médico del Hospital Nacional de Maternidad, conformado por quince médicos, señaló que al momento actual de gestación la interrupción del embarazo es de menor riesgo para complicaciones maternas ya que si el embarazo avanza existe la probabilidad de muerte materna entre otros riesgos. Además el Comité indicó que “por la edad gestacional es factible la finalización del embarazo por vía vaginal pero, en el caso que avance obligaría a la finalización por vía abdominal lo cual incrementaría los riesgos de hemorragia”38. 41. Los días siguientes Beatriz volvió a presentar síntomas relacionados con su enfermedad de base39 y su embarazo por lo que se decidió presentar su caso ante el Comité Médico40. El 20 de marzo de 2013 el Comité Anexo 1. Resumen Médico del 22 de marzo de 2013, del expediente clínico No, 18674-11 del Hospital Nacional de Maternidad “Dr. Raúl Arguello Escolán’’ a nombre de la señora Beatriz, pág. 54 (108 electrónica). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 18-A. 30 Diario El Faro “Yo quiero vivir, por mi otro hijo… si este viniera bien, arriesgaría mi vida’’ 23 de abril de 2013. Disponible en https://www.elfaro.net/es/201304/noticias/11789/ 31 Anexo 1. Certificación médica del 21 de febrero de 2013 del expediente clínico No. 21274-09 del Hospital Nacional Rosales a nombre de la señora Beatriz, pág. 76 reverso (electrónica 155). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 9. 32 Anexo 1. Resumen Médico del 8 de agosto de 2013 del expediente clínico No. 21274-09 del Hospital Nacional Rosales a nombre de la señora Beatriz, pág. 118 (electrónica 238). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 9. 33 Anexo 1. Certificación médica del 21 de febrero 2013 del expediente clínico No. 21274-09 del Hospital Nacional Rosales a nombre de la señora Beatriz. pág. 95 reverso (electrónica 193). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 9. 34 Anexo 1. Certificación médica del 7 de marzo de 2013 del expediente clínico No. 21274-09 del Hospital Nacional Rosales a nombre de Beatriz, pág. 111 (electrónica 225). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 9. 35 Anexo 1. Expediente clínico 18674-11 (Folio 356-641) del Hospital Nacional de Maternidad “Dr. Raúl Arguello Escolán’’ a nombre de Beatriz, pág. 364 reverso (electrónica 555). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 10-A 36 Anexo 1. Certificación de 13 de marzo de 2013 del expediente clínico No, 18674-11 del Hospital Nacional de Maternidad “Dr. Raúl Arguello Escolán’’ a nombre de Beatriz, Pág. 354 (electrónica 4). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 10-B 37 Anexo 1. ‘’Análisis del caso Beatriz desde la perspectiva Perinatal’’, 26 de julio de 2013, Ortiz Avendaño, Guillermo Antonio, Filmina 17. Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 12 38 Anexo 1. ‘’Análisis del caso Beatriz desde la perspectiva Perinatal’’, 26 de julio de 2013, Ortiz Avendaño, Guillermo Antonio, Filmina 23. Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 12 39 Anexo 1. Resumen Médico, 22 de marzo de 2013 del expediente clínico No, 18674-11 del Hospital Nacional de Maternidad “a nombre de la señora Beatriz, pág. 22. Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 10-B 40 Anexo 1. Certificación de 20 de marzo de 2013 del expediente clínico No, 18674-11 del Hospital Nacional de Maternidad a nombre de Beatriz, pág. 348 (17 electrónica). Anexo al escrito de la parte peticionaria del 29 de noviembre de 2013. Anexo 10-B 29 8

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