la presente Sentencia. XV PUNTOS RESOLUTIVOS 324. Por tanto, LA CORTE DECIDE, por unanimidad, 1. Aceptar el reconocimiento de responsabilidad internacional efectuado por el Estado, en los términos de los párrafos 17 a 28 del Fallo. 2. Admitir la excepción preliminar interpuesta por el Estado sobre la falta de competencia temporal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para conocer de las violaciones de derechos humanos ocurridas antes del reconocimiento de la competencia temporal de la Corte, en los términos de los párrafos 29 a 39 de la presente Sentencia. DECLARA, por unanimidad que, 1. El Estado es responsable por la violación de los derechos reconocidos en los artículos 3, 4.1, 5.1, 5.2, y 7.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, y por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo I.a) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, en perjuicio de Ramona Lajuj, Manuel Chen Sánchez, Aurelia Alvarado Ivoy, Cornelio Osorio Lajúj, Demetria Osorio Tahuico, Fermin Tum Chén, Francisco Chen Osorio, Francísco Sánchez Sic, Héctor López Osorio, Jerónimo Osorio Chen, Luciano Osorio Chen, Pablo Osorio Tahuico, Pedro Chén Rojas, Pedro López Osorio, Pedro Osorio Chén, Sebastiana Osorio Tahuico y Soterio Pérez Tum y, adicionalmente a dichos artículos, por la violación del derecho establecido en el artículo 19 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Manuel Chen Sánchez, de conformidad con lo expuesto en los párrafos 112 a 127 de la presente Sentencia. 2. El Estado es responsable por la violación de los derechos reconocidos en los artículos 5.1, 11.1 y 11.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1. de la misma, en perjuicio de María Eustaquia Uscap Ivoy, en los términos de los párrafos 131 a 135 de este Fallo.

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos