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10.
Que la Comisión manifestó que espera que dentro del plazo “más que
razonable que otorgó la Corte de tres años”, el Estado cumpla con la entrega del
territorio a los miembros de la Comunidad. Asimismo, en vista de que “la vida de los
miembros de la Comunidad continúa en riesgo[,] continúan sus niños muriendo y sus
niños continúan desnutridos y sin futuro, en la medida en que estén desnutridos, la
Comisión […] solicit[ó] al Estado y pid[ió] a la Corte que requiera al Estado que
cumpla con la entrega de la tierra [en el tiempo fijado por el Tribunal]”.
11.
Que el Tribunal nota que el plazo otorgado al Estado para cumplir con la
orden de la Corte de entregar a los miembros de la Comunidad su tierra ancestral se
encuentra próximo a vencer y que, conforme a la información brindada por las
partes, no se han dado mayores avances. Que el propio Estado reconoció en la
audiencia privada que la entrega de tierras es un “tema fundamental del cual
depende la realización [y] cumplimiento apropiado de los demás puntos de la
Sentencia”. Asimismo, el Estado reconoció que la creación de centros de salud, la
construcción de acueductos, alcantarillados y demás servicios no pueden ser
realizadas en el asentamiento actual de la Comunidad a la vera de un camino
público, sino en las tierras a entregarse a la Comunidad. Consecuentemente, es
adecuado solicitar al Estado que adopte las medidas que sean oportunas para
cumplir con esta obligación en el plazo fijado.
*
*
*
12.
Que en lo referente al suministro de bienes y servicios básicos necesarios
para la subsistencia de los miembros de la Comunidad (punto resolutivo séptimo de
la Sentencia), mediante notas de la Secretaría de la Corte (en adelante “la
Secretaría”) de 18 de septiembre de 2006, 25 de abril y 23 de agosto de 2007, se
indicó al Estado, inter alia, que:
a)
[…] deb[ía] presentar información específica que permit[iera] a la Corte distinguir
los bienes y servicios entregados a los miembros de la Comunidad Yakye Axa de los
entregados a otras comunidades. [La] Secretaría resalt[ó] que los informes presentados por
el Estado sobre este punto resolutivo no ha[bían] sido sistemáticos ni detallados, y se
ha[bían] limitado a adjuntar diversos oficios y comunicaciones entre autoridades internas,
sin hacer un recuento comprensivo de cada una de las acciones que se ha[bían] llevado a
cabo, lo que dificulta[ba] al Tribunal hacer un seguimiento de cada una de las obligaciones
estatales. A tales efectos, se reiter[ó] al […] Estado que […] inform[ara]:
i)
respecto a la entrega de agua potable: 1) la periodicidad de las entregas;
2) el método empleado para realizarlas y asegurar la preservación sanitaria del
agua; 3) la cantidad entregada por persona y/o por familia, y 4) el método utilizado
por el Estado para determinar la cantidad a entregar;
ii)
respecto a la atención médica periódica y la entrega de medicinas: 1) el
número de personas atendidas y, en su caso, si alguna fue hospitalizada; 2) los
avances en el proceso de desparasitación, y 3) los avances en el proceso de
vacunación;
iii)
respecto a la entrega de alimentos: 1) la periodicidad de la entrega; 2) la
cantidad de alimentos entregada, por persona y/o por familia, y 3) el criterio
utilizado por el Estado para determinar el tipo de alimento a entregar, la cantidad a
entregar y la periodicidad de cada entrega;
iv)
respecto al manejo efectivo y salubre de los desechos biológicos: el tipo de
servicio sanitario a entregar y la cantidad del mismo;
v)
respecto a los materiales bilingües a entregar a la escuela de la
Comunidad: el tipo de material y la cantidad del mismo por alumno, […]