24. El 25 de mayo de 2005 el Presidente dictó una Resolución, mediante la cual requirió que el señor Carlos Paz, propuesto como testigo por la Comisión y los representantes, los señores Gisela Romero, Raquel Romero, Edgar Román Arias, Alfredo Vásquez, Oswaldo Domínguez y Raúl Cubas, propuestos como testigos por los representantes, así como los señores Jesús España Reyes, Luis Díaz Curvelo y Vanessa Davis, propuestos como testigos por el Estado, prestaran sus testimonios a través de declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávits). También requirió que los señores Magdalena Ibáñez y Jesús María Casal, propuestos como peritos por la Comisión y los representantes, y los señores René Molina Galicia, Fernando Fernández y Claudia Carrillo, propuestos como peritos por los representantes, prestaran sus dictámenes a través de declaración rendida ante fedatario público (affidávit). Asimismo, en dicha Resolución el Presidente convocó a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado a una audiencia pública que se celebraría en la sede de la Corte Interamericana, a partir del 27 de junio de 2005, para escuchar sus alegatos finales orales sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas en el presente caso, así como las declaraciones de los testigos y peritos propuestos por la Comisión Interamericana, los representantes y el Estado (infra párr. 26). Además, en la referida Resolución el Presidente informó a las partes que contaban con plazo hasta el 28 de julio de 2005 para presentar sus alegatos finales escritos en relación con el fondo y las eventuales reparaciones y costas. 25. El 14 de junio de 2005 los representantes presentaron las declaraciones y los dictámenes rendidos ante fedatario público (affidávits) solicitadas por el Presidente (supra párr. 24). 26. Durante los días 27 y 28 de junio de 2005 se celebró la audiencia pública, en la cual comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Susana Villarán de la Puente, Delegada; Santiago Canton, Delegado; Lilly Ching, Asesora y Víctor H. Madrigal Borloz, Asesor; b) por los representantes: Gilma Tatiana Rincón Covelli, abogada de CEJIL; Ana Aliverti, abogada de CEJIL; Liliana Ortega, abogada de COFAVIC; Mao Santiago, abogado de COFAVIC; José Gregorio Guarenas, abogado de la Vicaría Episcopal y Carlos Ayala Corao, abogado de la Vicaría Episcopal; y c) por el Estado: Nora Uribe Trujillo, Embajadora; María Auxiliadora Monagas, Agente; Esluve Sosa Carrero, Asesor; José Alejandro Terán, Asesor; Raquel del Rocío Gásperi Arellano, Asesora y Jorge Rasquín M., Asesor. Asimismo, comparecieron los señores Alejandra Josefina Iriarte de Blanco, Nélida Josefina Fernández Pelicie, testigos ofrecidos por la Comisión y los representantes; el señor Edgar López, testigo ofrecido por los representantes y el perito José Rossel Senhenn, perito ofrecido por los representantes. 27. El 28 de junio de 2005, durante la referida audiencia pública, el Estado dio lectura a un escrito de esa misma fecha, mediante el cual manifestó, inter alia, lo siguiente: siendo esta la oportunidad fijada por la Corte para que tenga lugar el acto de la audiencia sobre el fondo y eventuales reparaciones, en el caso Oscar José Blanco Romero y otros, con la venia de estilo, ocurr[e] ante esta ilustrada Corte, para allanar[se] a las pretensiones de la demanda contra el Estado de Venezuela y, de buena fe, aceptar su responsabilidad internacional en este caso, todo de conformidad con el principio establecido en el artículo 53.2 de su Reglamento y en tal sentido, ofrecer una solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, así como ante los peticionarios. 6

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