culminaron con su asesinato. Alegan que su muerte sobrevino en el contexto del clima de inseguridad y persecución en que viven los defensores ambientalistas en Honduras 2. En este sentido, mencionan la visita a Honduras de la Relatora Especial de Naciones Unidas para Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias y Arbitrarias, quien expresó en su informe que conoció de “casos de ecologistas y activistas Indígenas asesinados y amenazados a instancias de poderosos terratenientes y empresarios”.3 8. Aducen que dicha situación se ve agravada por la impunidad que cubre a los responsables de los crímenes, la cual propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos y la total indefensión de las víctimas de estas violaciones y de sus familiares. En este sentido manifiestan que el Estado de Honduras violó el artículo 5 de la Convención con relación a los familiares del señor Escaleras debido a la impunidad que gozan los responsables del crimen, y también debido a la falta de una investigación seria y efectiva y a la ineficacia de los recursos judiciales internos. Sostienen que el Estado viola también el derecho a la verdad, o sea, el derecho de conocer de forma detallada, pública y precisa los hechos que dieron lugar a las violaciones a los derechos humanos denunciadas y el derecho a obtener justicia por el daño causado. 9. Destacan que la investigación de los hechos que determinaron la muerte de Carlos Escaleras Mejía no fue conducente, exhaustiva, imparcial o efectiva pues estuvo marcada por el desinterés de la policía y del Ministerio Público en encontrar los verdaderos autores materiales hecho, el empresario Facussé mandó a advertirle, con su propio hermano René Escaleras, que por favor “aconsejara a su hermano para que no siguiera siendo un obstáculo a sus negocios”; Ver Declaración de Blanca Adilia Escobar (folio 171); Ver declaración de Marta Mercedes Alvarenga Reyes, folio 173. (Página 3, nota 17 del escrito de denuncia de los peticionarios). 2 Los peticionarios citan, entre otros, los asesinatos de los defensores ambientalistas Blanca Jeanette Kawas, Carlos Flores, Carlos Luna y Carlos Escaleras Mejía 3 Informe de la Relatora Especial de Naciones Unidas, señora Asma Jahangir, sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias, presentado en cumplimiento de la resolución 2002/36 de la Comisión de derechos Humanos, adición, Misión a Honduras, Comisión de Derechos Humanos, 14 de junio de 2002, E/CN.4/2003/3/Add. 2, Sección C. Presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales y amenazas de muerte de las que habrían sido víctimas miembros de las comunidades indígenas, ecologistas y defensores de derechos humanos, párrafo 63, anexo 1. 3

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos