11.
Finalmente, la parte peticionaria solicitó que la Comisión declare que el Estado violó el
derecho a la integridad personal, en relación con el artículo 1.1 de la CADH, en perjuicio de Luz Nelly Lima
Gutiérrez, madre de Jineth Bedoya. A este respecto, alegó que ella “ha venido sufriendo y temiendo por las
amenazas a su hija desde el año 1998, agravadas por la continua impunidad en que se mantiene el caso, y que
incluso en 1999 salió herida en un atentado dirigido contra la presunta víctima por lo que tuvo que ser
hospitalizada por varios días”.
B.
El Estado
12.
El Estado manifestó que lamenta profundamente los hechos ocurridos el 25 de mayo de
2000, en los cuales la periodista Jineth Bedoya fue víctima de hechos constitutivos de secuestro, tortura y
violencia sexual, y expresó su reconocimiento a la labor periodística de Jineth Bedoya. Asimismo, reconoció
que “si existió un contexto de violencia contra los periodistas para la fecha de los hechos que conforman el
presente caso”, y solicitó a la CIDH las medidas legislativas y de política pública que propenden “por el
respeto y garantía del ejercicio de la actividad periodística y el acceso a la justicia respecto a los delitos de
violencia sexual contra mujeres dentro y fuera del conflicto armado”.
13.
El Estado alegó que las autoridades estatales han llevado a cabo distintas acciones de índole
penal y disciplinaria, así como medidas de protección y reparación con el fin de salvaguardar los derechos de
la presunta víctima en el presente caso. En cuanto a las medidas de protección, el Estado reconoció que sí
tuvo conocimiento del riesgo en el que se encontraba la periodista antes de su secuestro. Afirmó que en 1999
el Estado valoró el riesgo en un nivel medio; “sin embargo, no tiene certeza si la periodista aceptó el esquema
de seguridad provisional ofrecido por parte del DAS”. Además, afirmó que el Ministerio de Defensa
efectivamente tuvo conocimiento de las amenazas recibidas por Jineth Bedoya el día antes de su secuestro y
que “a través de la Policía Nacional atendió la situación manifestada por los periodistas, para los cual tomaron
medidas de seguridad para evitar la concreción del riesgo”. Agregó que desde marzo de 2014 se le asignó un
esquema de protección, compuesto por hombres de la policía, un vehículo blindado, un vehículo
convencional, un medio de comunicación y un chaleco antibalas.
14.
En cuanto a la investigación penal de las amenazas, el Estado expresó que abrió tres
investigaciones penales, las cuales fueron archivadas de manera motivada después de concluir la etapa de
indagación. No obstante, el Estado informó que “un Comité Técnico Jurídico de la Fiscalía se encuentra
valorando la posibilidad de decretar la reapertura de dichas investigaciones, con el fin de continuar con el
recaudo probatorio que permita dilucidar los hechos denunciados por la periodista”.
15.
Sobre las investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000, el
Estado argumentó que las autoridades han actuado de manera objetiva e integral siguiendo los
procedimientos constitucionales y legales establecidos y que fruto de ese trabajo se han logrado avances
significativos. Afirmó que una vez que tuvo conocimiento del secuestro de la periodista, las autoridades
desplegaron de manera inmediata las acciones tendientes a dar con su paradero, e iniciaron los
procedimientos necesarios para identificar a los responsables. Sostuvo que a pesar de las dificultades
encontradas en la investigación de estos hechos, las autoridades han asumido su deber con toda la seriedad,
imparcialidad y celeridad, lo que ha permitido los siguientes avances: 1) la condena a dos de los autores, 2) la
declaración de los crímenes contra Jineth Bedoya Lima como crímenes de lesa humanidad, de acuerdo a los
instrumentos internacionales ratificados por Colombia, 3) la identificación de los móviles de los delitos por lo
cual se concluyó que se buscaba amedrentar a la periodista y coartar el ejercicio de su actividad, y 4) el
avance en el esclarecimiento de los hechos. El Estado indicó que el proceso penal ha contado con una activa
participación del Ministerio Público desde sus inicios y que desde enero de 2011, cuando Jineth Bedoya Lima
se hizo parte civil en la investigación, la presunta víctima ha contado con plena participación en el proceso.
Por otro lado, el Estado alegó que la investigación siguió los estándares establecidos para la atención a
víctimas de violencia sexual y que en ningún momento las autoridades incurrieron en “actuaciones que
pudieran haber revictimizado y/o discriminado a la periodista” ni efectuaron valoraciones estereotipadas en
la investigación. El Estado alegó que al inicio de la investigación no existían suficientes elementos probatorios
para proseguir una línea de investigación relacionada con la participación de agentes estatales en los hechos
4