-4d. Notificación al Estado.- La Comisión notificó el Informe de Fondo al Estado el 3 de agosto de 2015 y le otorgó un plazo de dos meses para informar sobre el cumplimiento de las recomendaciones. La Comisión señaló que, tras el otorgamiento de dos prórrogas, el Estado no había avanzado en ese sentido, particularmente en lo relativo a la investigación y sanción de los responsables y la búsqueda del destino o paradero de la presunta víctima. (f.3) 3. Sometimiento del caso ante la Corte.- El 3 de abril de 2016, transcurridos más de 31 años de sucedidos los hechos del caso y más de 25 años después de presentada la petición ante la Comisión, ésta sometió a la Corte la totalidad de los hechos y conclusiones sobre violaciones de derechos humanos descritos en el Informe de Fondo 25/15, por la “necesidad de obtención de justicia para las [presuntas] víctimas del caso”4. 4. Solicitudes de la Comisión Interamericana.- Con base en lo anterior, la Comisión solicitó a este Tribunal que concluya y declare que el Estado es responsable por la violación de los derechos declarados en su Informe de Fondo y que le ordene, como medidas de reparación, las recomendaciones contenidas en el mismo. II PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 5. Notificación al Estado y a representantes de presuntas víctimas.- El sometimiento del caso por parte de la Comisión fue notificado al Estado y a los representantes de las presuntas víctimas5 (en adelante “los representantes”) el 23 de mayo de 2016. 6. Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas.- El 26 de julio de 2016 los representantes presentaron su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante ��escrito de solicitudes y argumentos”), en los términos de los artículos 25 y 40 del Reglamento. Los representantes coincidieron sustancialmente con los argumentos y conclusiones de la Comisión y, además, alegaron que el Estado es responsable por la violación del derecho a la protección de la familia (artículo 17) en relación con el derecho a la protección a la honra (artículo 11.2). Solicitaron a la Corte que ordene varias medidas de reparación. 7. Escrito de contestación y reconocimiento de responsabilidad 6. – El 29 de octubre de 2016 el Estado presentó su escrito de contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “contestación” o “escrito de contestación”), en el cual también efectuó un reconocimiento parcial de responsabilidad internacional. caso. Cfr. CIDH, Informe No. 25/15 (Fondo), Víctor Manuel Isaza Uribe y Familia, Colombia, OEA/Ser.L/V/II.155, Doc. 4, 21 de julio 2015. Disponible en: https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/corte/2016/10737fondoes.pdf 4 La Comisión designó al Comisionado José de Jesús Orozco Enríquez y al entonces Secretario Ejecutivo Emilio Álvarez lcaza L. como sus delegados, así como a las señoras Elizabeth Abi-Mershed, entonces Secretaria Ejecutiva Adjunta, y Silvia Serrano Guzman y Paulina Corominas, abogadas de la Secretaría Ejecutiva, como asesoras legales. El 12 de mayo de 2016 la organización “Comisión Colombiana de Juristas” remitió un poder de representación judicial otorgado a ésta por la señora Carmenza Vélez y por los señores Jhony Alexander Isaza Vélez y Haner Alexis Isaza Vélez, presuntas víctimas, para actuar ante la Corte en relación con este caso. Por parte de dicha organización han actuado el señor Gustavo Gallón Giraldo, Director de la misma, y los abogados señor Fredy Alejandro Malambo Ospina y señora Carolina Solano Gutiérrez. 5 El 8 de julio de 2016 el Estado de Colombia, a través de la Directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y según lo dispuesto en los artículos 23 y 39.3 del Reglamento de la Corte, designó a los señores Roberto Molina Palacios como Agente y Felipe Ferreira Rojas como su asesor. Luego de la contestación, el 15 de mayo de 2017 el Estado informó que el señor Molina ya no actuaría como Agente y que en su reemplazo designaba a la señora Ángela María Ramírez Rincón y, además del señor Ferreira, también a la señora María del Pilar Gutiérrez Perilla como asesora. A partir de enero de 2018 también comenzó a actuar como Agente el señor Jonathan Riveros Tarazona. 6

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