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22.
Por otra parte, alega que la Municipalidad compró lotes a miembros de la Comunidad
que no tenían la facultad para venderlos y procedió a transferirlos a la empresa Inversiones y Desarrollo
El Triunfo S. A. (en adelante “IDETRISA”) para el desarrollo del proyecto turístico “Club Marbella”. Señala
que algunos de los miembros realizaron las ventas de lotes bajo amenazas y presiones, y que quienes
se opusieron fueron difamados y asesinados, como en el caso de los dirigentes Jesús Álvarez y Oscar
Brega, y detenidos ilegalmente, como en el caso de Alfredo López. Agrega que tales acciones generaron
un clima de zozobra e inseguridad que se mantiene en la zona. Indica que la empresa IDETRISA realizó
construcciones y cercó el área, impidiendo a los miembros de la Comunidad utilizarla y cultivarla.
23.
Afirma que el 17 de septiembre de 1994 la Comunidad presentó una denuncia ante el
Fiscal de Etnias por las ventas ilegales, en virtud de la cual el 11 de junio de 1996 el Ministerio Público
presentó acusación penal ante el Juzgado de Letras de la ciudad de Tela por delitos continuados de
abuso de autoridad, estafa simple y estafa calificada en perjuicio de la administración pública, la
Comunidad Garífuna de Triunfo de la Cruz y particulares. Indica que el 15 de octubre de 1996 se dictó
auto de prisión en contra de los funcionarios municipales que intervinieron en la venta de los lotes en
cuestión. Sin embargo, afirma que en segunda instancia se dictó sobreseimiento definitivo a favor de los
procesados, confirmado en sentencia de casación. Sostiene que la Comunidad no fue notificada de la
sentencia de casación sino que se enteró de su contenido, por medios informales, el 8 de julio de 2003.
24.
De otro lado, refiere que en 1986 la Comunidad solicitó al INA que 25 manzanas de
tierra, pertenecientes a las reconocidas a la Comunidad en el título de garantía de ocupación, sean
donadas a la empresa asociativa campesina de producción denominada “El Esfuerzo” (en adelante
“Cooperativa El Esfuerzo”), integrada por mujeres de la Comunidad de escasos recursos económicos.
Afirma que el predio fue entregado al grupo de mujeres el 18 de mayo de 1987, mediante un acta de
posesión provisional y que desde ese momento las mujeres dedicaron las tierras al cultivo de alimentos
para obtener el sustento diario de sus familias. Sin embargo, señala que, con la aquiescencia de la
Municipalidad, terceros vendieron de forma ilegítima las tierras a particulares, quienes a su vez
promovieron denuncias por usurpación en contra de la cooperativa. Afirma además que en reiteradas
ocasiones las integrantes de la cooperativa han sido amenazadas y sus cultivos han sido destruidos;
hechos que alega fueron denunciados ante la Dirección de Investigaciones Criminales sin éxito alguno.
25.
Afirma que la Municipalidad de Tela, con la intención de adquirir ilegalmente las tierras
pertenecientes a la Comunidad, promovió la creación de un Patronato paralelo e intervino en la elección
de su Junta Directiva. Agrega que la Junta Directiva paralela fue inscrita por la Municipalidad y que, a
pesar de las solicitudes de inscripción de la Junta Directiva elegida por la Comunidad en su Patronato
histórico, la Municipalidad se ha negado a su inscripción, renovando a la Junta Directiva paralela con el
fin de avalar las ventas ilegales.
26.
De otro lado, sostiene que el Estado también es responsable de violar el derecho a la
propiedad de la Comunidad y sus miembros al decretar la creación de un área protegida, el Parque
Nacional Punta Izopo, que abarca tierras reclamadas por la Comunidad. Agrega que la creación del área
protegida se realizó sin consultar de forma previa y en asamblea a la Comunidad, y que ha impedido el
reconocimiento jurídico respecto del área. Indica que, a pesar de que existía un acuerdo entre la
Comunidad y el Estado para el co-manejo del Parque, éste fue irrespetado y la creación del área
protegida ha restringido el acceso de los miembros de la Comunidad a Punta Izopo, afectando su
tradición y cultura.
27.
Adicionalmente, alega que, bajo el pretexto de ejecutar proyectos de desarrollo turísticos
en la zona, la Comunidad se ve amenazada con ser despojada de su espacio vital o de profundas
alteraciones ambientales. En concreto, refiere que la ejecución del proyecto Bahía de Tela -el cual alega
no fue consultado en asamblea a la Comunidad y se encuentra aledaño a sus tierras ancestralesrepresenta una grave amenaza ambiental en tanto supondrá el relleno de 80 hectáreas en la Laguna de
Micos, lo que repercutirá en graves inundaciones en el área.
28.
Señala además que, en 1994, la Comunidad constituyó un Comité de Defensa de la
Tierra de Triunfo (en adelante “CODETT”), con el objeto de detener el despojo de sus tierras, a través del