45 entonces hubo comunidades que quisieron regresar a Nicaragua y fueron tituladas; dentro de ellas están Francia Sirpi, Wisconsin, entre otras. Otro momento, es el período de la Revolución, de los años ochentas; con una nueva ley de reforma agraria, basada en el criterio de tierras adicionales y bajo la institución llamada MIDINRA, se titularon 29 comunidades, pero el número preciso de hectáreas no se asentó en el Registro Público de la Propiedad. En un rastreo realizado en los archivos de la institución y en el Registro Público de la Propiedad sólo se logró comprobar que habían sido tituladas 28.000 hectáreas. En el período 95-98 se efectuó un diagnóstico muy completo de las comunidades indígenas sobre la tenencia de la tierra de dichas comunidades. Este diagnóstico mostró la situación en que, de acuerdo con el criterio de los consultores, se encontraban las mencionadas comunidades en ese momento. En el diagnóstico no se hizo referencia al caso de la Comunidad Awas Tingni. Un punto de especial interés del reclamo de tierras en la Costa Atlántica de Nicaragua tiene que ver con la conformación de bloques. Dichos bloques tienen un alcance muy positivo, porque dan fuerza a la gestión de las comunidades. Sin embargo, tienen el problema de que se han sumado a las “comunidades madres” que recibieron titulos de la Comisión Tituladora de la Mosquitia, comunidades de reciente data, llamadas “comunidades hijas”, las cuales se han desprendido de aquéllas con cierta autonomía y ahora pretenden hacer un reclamo de titulación invocando ancestralidad. En los archivos de la institución que hoy se llama Oficina de Titulación Rural (antes INRA y anteriormente MIDINRA) no se ha encontrado una solicitud formal de titulación de la Comunidad Awas Tingni. Sin embargo, la Comisión Interamericana aportó en algún momento del juicio, una fotocopia de un libro de registro “de visitas o de documentación que entra”, en el que estaba anotada una petición de dos representantes de la Comunidad en la que reclamaban 16 mil hectáreas de titulación. Con todo, el testigo no puede precisar el año en que tuvo lugar tal reclamo. Tiene conocimiento del estudio preparado por el doctor Theodore Macdonald, en el cual se pretende mostrar la ocupación ancestral de sus tierras por parte de la Comunidad Awas Tingni. Al respecto, afirma que la Oficina de Titulación Rural ha atendido el tema de la Comunidad, “en el entendido de que ya transcendió y que es un tema que deben documentar[…] institucionalmente”, por lo cual la Oficina mencionada contrató a un experto nicaragüense, el señor Ramiro García, arqueólogo, investigador de planta del Museo Nacional de Nicaragua y asesor del Instituto Nicaragüense de Cultura, para que hiciera una valoración del estudio. El criterio institucional de la Oficina, que representa, es que la Comunidad Awas Tingni no ostenta ocupación ancestral de las áreas cuya titulación pide. De hecho, la Comunidad Awas Tingni tiene conflictos de intereses en materia de titulación con comunidades que ya fueron debidamente tituladas por la Comisión Tituladora de la Mosquitia, pero especialmente con comunidades o grupos que fueron titulados en el período del IAN, específicamente con las Comunidades Francia Sirpi, Wisconsin, Santa Clara, Aminrosita 1, Aminrosita 2, las llamadas Dieciocho Comunidades y las llamadas Diez Comunidades. Ello ha imposibilitado que se efectúe una titulación expedita a propósito de la petición o el reclamo de la Comunidad Awas Tingni. Pero la oficina a cargo del testigo no ha negado a dicha Comunidad, en momento alguno, el derecho de titulación.

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