entiende apropiado analizar tales argumentos en relación con el derecho de propiedad comunitaria. B.1 Información sobre hechos de violencia, amenazas y hostigamiento 295. La Comisión, en el Informe de Fondo, sin precisar las fechas en que habrían sucedido los hechos267, expresó que particulares y miembros de seguridad de la CGN, acompañados de agentes policiales, habían intentado desalojar a las comunidades afectadas por el proyecto minero “Fénix”, incluyendo a la Comunidad Agua Caliente. De acuerdo con lo indicado en el Informe de Fondo, los intentos de desalojo de las diversas comunidades habrían tenido como consecuencia i) dos personas desaparecidas, ii) más de 350 familias desalojadas, iii) centenares de viviendas desmanteladas y quemadas, y iv) varias mujeres Maya Q’eqchi’ violadas. 296. En relación con lo anterior, el Informe de Fondo también señaló que entre el 11 y 13 de noviembre de 2006 se ejecutó el desalojo de 200 familias, en actuaciones que se tornaron violentas, y que los días 8 y 9 de enero de 2007 se ejecutaron los desalojos de cinco sectores de terrenos del área rural”268. La Comisión señaló que no contaban con elementos que le permitieran acreditar si estos hechos ocurrieron en perjuicio de la Comunidad Agua Caliente. 297. Los representantes, por su parte, sostuvieron que desde 2006, “al menos en siete oportunidades[,] se intentó desalojar”, “en forma colectiva y masiva”, a “las comunidades” afectadas por [la] explotación [minera]. Indicaron las fechas de cada ocasión a la que aludieron269. Afirmaron que, aunque los intentos de desalojo vincularon directamente a “comunidades indígenas vecinas” a Agua Caliente, fue la ubicación geográfica de ésta última la que impidió que se viera afectada por estos actos. 298. El 19 de agosto de 2009, un helicóptero de tipo militar sobrevoló a muy baja altura la Comunidad270. 299. Por otra parte, el 12 de noviembre de 2010 se presentó ante la Comisión Interamericana una solicitud de medidas cautelares a favor de la Comunidad Agua Caliente, su líder comunitario Rodrigo Tot y su representante legal Carlos Pop271. Ello debido a los “hechos graves y urgentes que generan amplio temor en la comunidad y sus líderes”. Las medidas cautelares fueron adoptadas el 15 de octubre de 2012, a favor de los señores Tot y Pop y de sus respectivos familiares. En el Informe de Fondo, la Comisión aludió a una serie de circunstancias informadas en el trámite de las medidas cautelares. Los representantes 267 La Comisión se refirió, en el párrafo 70 del Informe de Fondo, a información de “la parte peticionaria” sobre un hecho que habría acontecido en 2006 y, luego, en el párrafo 71, indicó los hechos referidos, señalando que, conforme “la parte peticionaria sostuvo”, los mismos tuvieron lugar “durante todo ese tiempo”, pero sin aclarar a qué período temporal se refería. 268 Cfr. Procuraduría de Derechos Humanos. Recurso de exhibición personal de 13 noviembre 2006 (expediente de prueba, f. 4389); Centro de Reportes Informativos sobre Guatemala, “PDH: se violó el estado de derecho”, 15 noviembre 2006 (expediente de prueba, fs. 4394 a 4395); Informe Circunstanciado, Comunidad Agua Caliente Lote Nueve del Municipio del Estor, del Departamento de Izabal, elaborado por FONTIERRAS, de fecha 12 de junio de 2018 (expediente de prueba, fs. 1211 a 1219), y Prensa Libre, “Desalojan a campesinos: Ocupaban terrenos dados en concesión a la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN)”, nota de prensa de 9 enero 2007 (expediente de prueba, fs. 4407 a 4408) . 269 Aunque los representantes aseveraron que fue “desde 2005” que se produjeron los hechos a que aludieron, refirieron una serie de hechos ubicados temporalmente a partir de fines de 2006, indicando las siguientes fechas: 12 de noviembre de 2006, 27 de diciembre de 2006, 8 de enero de 2007, 9 de enero de 2007, 24 de septiembre de 2009, 25 de septiembre de 2009 y 27 de septiembre de 2009. 270 Consejo de Comunidades Maya Q’eqchi’ de El Estor. Acta Comunitaria No. 04-2009, de 19 de agosto de 2009 (expediente de prueba, fs. 4436 a 4437). 271 Solicitud de medidas cautelares en favor de la Comunidad Agua Caliente, Rodrigo Tot y Carlos Pop, de fecha 12 de noviembre de 2010 (expediente de prueba, fs. 1696 a 1711). 74

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