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constancia de la detención de la que fue objeto y que el 18 de diciembre de 2006 sus representantes
formularon una denuncia ante la Fiscalía Cuarta Delegada solicitando que se ordenara abrir una
investigación, la cual hasta la fecha no habría sido iniciada.
62.
Alegan que el Tribunal Especial de Instrucción también dejó constancia de la detención y
tortura de Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci. Indican que estos hechos, así como también la
presunta detención y tortura de Eduardo Matson Ospino, fueron en un inicio investigados por la justicia
penal militar, la cual el 12 de mayo de 1992 decretó la prescripción a favor del Coronel Sánchez Rubiano
por las presuntas torturas y el 27 de junio de 1994 se decidió la cesación de procedimiento a favor del
General Arias Cabrales. Indican que el 12 de julio de 2007, en el marco de las investigaciones de los
desaparecidos, la Fiscalía Cuarta Delegada ordenó compulsar copias a fin de que se adelante
investigación por la presunta comisión del delito de tortura en perjuicio de ambos.
63.
En cuanto a la investigación relacionada con Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci,
indican que tras ser radicada en la Unidad de Terrorismo, a solicitud de la parte civil, fue reasignada a la
Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Alegan que dicho traslado
se encuentra en trámite y la investigación en etapa previa. Los peticionarios alegan que la investigación
por la presunta tortura perpetrada contra Eduardo Matson Ospino no ha tenido avances significativos.
64.
Los peticionarios alegan que en un inicio José Vicente Rubiano Galvis habr��a sido
amenazado por miembros de la Fuerza Pública para que no denunciara formalmente el tratamiento que
sufrió durante su detención. Indican que en el marco del proceso por las desapariciones forzadas se
aportaron algunas pruebas de las torturas que presuntamente habría sufrido en vista de lo cual, rindió
dos declaraciones ante la Fiscalía en las que detalló las circunstancias de su detención. Alegan que con
base en lo anterior, el 12 de julio de 2007 la Fiscalía Cuarta Delegada ordenó compulsar copias para
investigar lo señalado por José Vicente Rubiano Galvis. La investigación fue remitida a la Unidad de
Delitos contra la Administración Pública, posteriormente fue radicada ante la Unidad de Terrorismo y
finalmente la investigación fue reasignada a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario. Alegan que dicho traslado se encuentra en trámite y la investigación en etapa
previa.
65.
En cuanto a la investigación por la muerte del Magistrado Carlos Horacio Urán Rojas, los
peticionarios indican que el 20 de noviembre y el 21 de diciembre de 2007 se adicionó la demanda de
parte civil, inicialmente presentada a mediados de 2007, en representación de la esposa del Magistrado.
El 21 de diciembre de 2007, la Fiscalía Cuarta Delegada habría resuelto compulsar copias ante la
Dirección Nacional de Fiscalías para investigar el asesinato.
66.
El 13 de febrero de 2008, la parte civil habría solicitado al Fiscal General la reasignación
especial de la investigación a la Cuarta Fiscal Delegada y el 23 de abril de 2008 ésta la habría designado
para que adelantara la investigación por la ejecución extrajudicial de Carlos Horacio Urán Rojas. El 27
de agosto de 2010 la Fiscal Cuarta ordenó la apertura de instrucción por crímenes de lesa humanidad y
ordenó vincular al General Jesús Armando Arias Cabrales, al Mayor Carlos Alberto Fracica y al Teniente
Coronel Rafael Hernández López.
67.
Los peticionarios alegan que tres días después de esta decisión, el entonces Fiscal
General (e) Guillermo Mendoza Diago relevó de sus funciones a la Fiscal Ángela María Buitrago. Alegan
que dado el patrón de continuo acoso y hostigamiento relacionado con el caso, la desvinculación de la
Fiscal Buitrago habría sido resultado de presiones indebidas. Indican que la investigación fue
reasignada al Fiscal 6º de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional
Humanitario (en adelante “DIH”) de la Fiscalía General, Gustavo Adolfo Reyes, lo cual alegan constituye
un retraso procesal.
68.
En cuanto a los procesos contencioso administrativos, los peticionarios indican que los
familiares de Cristina del Pilar Guarín Cortés, Norma Constanza Esguerra Forero, Bernardo Beltrán
Hernández, Carlos Augusto Rodríguez Vera, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Irma Franco Pineda y Carlos
Horacio Urán Rojas presentaron demandas de reparación directa contra el Estado que fueron falladas a