Sesiones que se celebrará del 6 al 24 de marzo de 2023, en los términos indicados en el Considerando 25 de la presente Resolución, respecto del cumplimiento de las siguientes reparaciones: a) continuar y concluir las investigaciones y procesos necesarios, en un plazo razonable, con el fin de establecer la verdad de los hechos, así como de determinar y, en su caso, sancionar a los responsables de la desaparición forzada de Edgar Fernando García (punto dispositivo segundo de la Sentencia); b) efectuar, a la mayor brevedad, una búsqueda seria, en la cual realice todos los esfuerzos para determinar el paradero de Edgar Fernando García a la mayor brevedad (punto dispositivo tercero de la Sentencia); c) realizar las publicaciones de la Sentencia indicadas en los párrafos 201 a 203 de la misma (punto dispositivo cuarto de la Sentencia); d) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso (punto dispositivo quinto de la Sentencia); e) impulsar la iniciativa denominada “Memorial para la Concordia”, a través de la cual debe promover la construcción de espacios memorístico-culturales en los cuales se dignifique la memoria de las víctimas de violaciones de derechos humanos del conflicto armado interno (punto dispositivo sexto de la Sentencia); f) incluir el nombre del señor Edgar Fernando García en la placa que se coloque en el parque o plaza que se construya en cumplimiento de lo ordenado en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia del caso Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”) vs. Guatemala (punto dispositivo séptimo de la Sentencia); g) entregar diez “bolsas de estudio” para ser designados por los familiares de Edgar Fernando García a hijos o nietos de personas desaparecidas forzadamente (punto dispositivo noveno de la Sentencia), y h) impulsar la aprobación del proyecto de ley para la creación de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Víctimas de Desaparición Forzada y otras Formas de Desaparición (punto dispositivo décimo de la Sentencia). 3. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado de Guatemala, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 11

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