-7reparación ordenada ya que reconoció la responsabilidad del Estado por las violaciones de derechos humanos cometidas en contra de las víctimas. Al respecto, la mandataria expresó que “el Estado de Chile se equivocó gravemente” y que ese acto era realizado “para reconocer esta responsabilidad y reparar a las víctimas con medidas que permitan restaurar su dignidad violentada” por la “tortura[…], [la] aplica[ción de] instancias jurisdiccionales sin garantías al debido proceso y [la] nega[ción de] la posibilidad de reparar[los] con un recurso eficaz en [sus] tribunales, esto último [durante] la democracia”. Adicionalmente, les tomando en cuenta su “condición de víctimas de graves violaciones de derechos humanos”, les agradeció su lucha y les ofreció una disculpa por haber sido “juzgados y condenados injustamente”, así como por la “negación brutal de [su] dignidad y […] honor”28. Además, el Tribunal estima importante destacar la amplia difusión que recibió dicho acto a través de diversos medios de comunicación, pues ello contribuye a una mayor preservación de la memoria histórica de las violaciones a los derechos humanos cometidas, promoviendo a la vez la no repetición de hechos como los del presente caso29. 17. En los términos expuestos, la Corte considera que el acto realizado por Chile satisface plenamente el objeto y propósito de la reparación dispuesta, por lo que considera que, dentro del plazo que le fue otorgado, ha dado cumplimiento total a la medida de reparación relativa a la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, ordenada en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia. D. Placa en conmemoración de las víctimas D.1. Medida ordenada por la Corte 18. En el punto resolutivo octavo y en el párrafo 164 de la Sentencia, se dispuso que, “dentro del plazo de un año contado desde la notificación de la […] Sentencia”, el Estado debía “develar, en un lugar con acceso público a los miembros de la Academia de Guerra Aérea[,] para que permanezca en ella, una placa con la inscripción de los nombres de las víctimas del presente caso[,] con un breve texto narrando las circunstancias en que ocurrieron las violaciones a sus derechos humanos”. D.2. Consideraciones de la Corte 19. De acuerdo con la prueba aportada por Chile30 y lo observado de manera general por el representante (supra Considerando 3), este Tribunal constata que el Estado elaboró una “placa recordatoria” con los nombres de las doce víctimas del caso y en cuyo texto, entre otros, se reconoce que “[f]ueron víctimas de malos tratos y torturas 28 La Presidenta también manifestó que “gracias a este fallo otras víctimas de Consejos de Guerra podrán presentar recursos de revisión y restaurar, así, su dignidad y honor militar, cuando se trate de uniformados”. Cfr. Comunicado de Prensa de la Presidencia de Chile de 7 de octubre de 2016 titulado “Presidenta Bachelet: ‘El Estado de Chile se equivocó gravemente, y hoy estamos aquí para reconocer esta responsabilidad y reparar a las víctimas con medidas que permitan restaurar su dignidad violentada’”, disponible en: https://prensa.presidencia.cl/comunicado.aspx?id=41916, y transcripción del discurso de la Presidenta Michelle Bachelet durante el acto de reconocimiento de responsabilidad internacional, disponible en: https://prensa.presidencia.cl/discurso.aspx?id=41919, referidos en el anexo 9 al informe estatal de octubre de 2016, supra nota 23 (última consulta el 30 de agosto de 2017). 29 Cfr. Caso Kimel Vs. Argentina. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 15 de noviembre de 2010, Considerando 17. 30 Cfr. Minuta de la reunión celebrada el 11 de marzo de 2016 “entre personeros de la Academia de Guerra de la F[uerza Aérea de Chile], representantes del Ministerio de Defensa, de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública [para] proyectar un espacio en la […] Academia para la colocación de la placa”; documento sin fecha titulado “Minuta Plaza Recordatoria”; transcripción del texto de la placa y fotografía de la misma; borrador del “Libreto” del acto de develación de la placa, y “Listado de medios de prensa en acto de develación de la placa conmemorativa” (anexos 10, 11 y 12 al informe estatal de octubre de 2016).

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