6
17.
Asimismo, el Tribunal nota que está pendiente que se proyecte el video antes
referido “en un departamento de la zona occidental en el que se hayan producido graves
violaciones de los derechos humanos durante el conflicto armado interno” 7. Por otra
parte, el Estado no ha presentado información sobre el cumplimiento de su deber, de
conformidad con el párrafo 263 de la Sentencia, de distribuir el video lo más ampliamente
posible. Estas medidas debían realizarse dentro de un plazo de un año, contado a partir de
la notificación de la Sentencia. Debido a lo anterior, el Tribunal estima que el Estado debe
realizar con prontitud, y en coordinación con las víctimas y sus representantes, todas las
diligencias necesarias y conducentes para llevar a cabo, a la brevedad, las medidas
pendientes de acatamiento anteriormente mencionadas.
III.
De los pagos por concepto de daño inmaterial y costas y gastos
(punto resolutivo decimoctavo de la Sentencia)
18.
En el informe recibido por la Corte el 28 de febrero de 2012, el Estado manifestó
que en los meses de noviembre y diciembre de 2011 hizo efectivo los pagos
correspondientes a las indemnizaciones por daño inmaterial atinentes a 15 personas
declaradas víctimas en la Sentencia 8. Explicó que, según el caso, realizó algunos de los
pagos directamente a las víctimas o a sus mandatarios, y en otros, a sus herederos.
Luego, en su informe de 4 de mayo de 2012, el Estado indicó que efectuó los pagos
correspondientes a las indemnizaciones dispuestas a favor de otras tres víctimas 9.
19.
Además de acuerdo con la información remitida los días 28 de febrero y 4 de mayo
de 2012, el Estado señaló que no había sido posible contactar a siete víctimas 10, que en
relación con otra persona se está esperando que se realicen ciertos trámites 11, y que
respecto a las 13 víctimas que fallecieron “sus familiares deben realizar un [p]roceso
[s]ucesorio [i]ntestado” 12.
7
263.
Caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción, Fondo, Reparaciones y Costas, párr.
8
Dichas personas son: Juan de Dios Cabrera Ruano, Oscar Adelso Antonio Jiménez, Rodrigo Mayen
Ramírez, Dionicio Campos Rodríguez (en la Sentencia su nombre fue consignado como “Dionisio”), José Ramiro
Gómez Hernández, Israel Portillo Pérez, Ladislao Jiménez Pernillo, Mirna Elizabeth Aldana Canan, Felipa de Jesús
Medrano Pérez, Valeria Garcia, Luz Castillo Flores (en la Sentencia su nombre fue consignado como “Luz Flores”),
Leonarda Falla Sazo (en la Sentencia su apellido se consignó como “Saso Hernández”), María Luisa Corado, Inés
Otilio Jiménez Pernillo, y Abelina Flores.
9
Tales víctimas son: Toribia Ruano Castillo, María Dolores Romero Ramírez, y Andrés Rivas.
10
A saber: Ever Ismael Antonio Coto, Héctor Coto, Santos Osorio Lique, Jorge Granados Cardona, María
Vicenta Moral Solís, Luciana Cabrera Galeano, y María Menegilda Marroquín Miranda (señalada en el informe
estatal de 28 de febrero de 2012 como “María Meregilda Marroquin Miranda”).
11
Se trata de Edvin Saul Romero García (así fue indicado el nombre en el informe estatal de 28 de febrero
de 2012, en la Sentencia quedó consignado como “Edwin Saúl Romero García”). El Estado mencionó que está a
la espera de que sus abogados “presenten el mandato con sus pases de ley”.
12
Dichas víctimas, de conformidad a la información presentada por el Estado, son las siguientes: Rafael
Barrientos Mazariegos, Ángel Cermeño Pineda, Agusto Mayen Ramírez (así fue indicado el nombre en el informe
estatal, en la Sentencia quedó consignado como Augusto Mayen Ramírez), Marcelino Deras Tejada, Olegario
Rodríguez Tepec, Teodoro Jiménez Pernillo, Enriqueta González Gómez (así fue indicado el nombre en el informe
estatal, en la Sentencia quedó consignado como Enriqueta González G. de Martínez), Eugenia Jiménez Pineda,
Felicita Lima Ayala, Sara Pérez López, Telma Guadalupe Aldana Canan, Tomasa Galicia González, y Nicolasa
Pérez Méndez.