10 y nuevos disparos desde diversos lugares del establecimiento. Cuando la situación ya estaba bajo control, un agente penitenciario que estaba recogiendo los cartuchos disparados fue provocado verbalmente por un detenido y, “sin control”, efectuó disparos con munición letal en dirección a la celda H4. En consecuencia, cuatro internos fueron heridos, entre ellos el detenido F.F.G., quien sufrió graves lesiones en la mano derecha. Este beneficiario fue examinado por un médico, quien le prescribió fisioterapia y fijó una fecha posterior para efectuar un nuevo examen al paciente. 17. Que en relación con la implementación de las presentes medidas provisionales, los representantes reconocieron algunos avances en el control de la Cárcel, pero afirmaron que tales progresos son puntuales y todavía “no reflejan la política del Estado”. A pesar de los concursos públicos realizados para la contratación de nuevos agentes penitenciarios, el gobierno estadual habría iniciado nuevos contratos temporales para agentes de escolta y de vigilancia penitenciaria, sin concurso público ni la debida capacitación. En consecuencia, el 3 de agosto de 2009 el Ministerio Público interpuso una acción civil pública contra el estado de Rondônia para impedir las contrataciones provisionales, alegando que constituyen actos ilegales y que intentan beneficiar a los agentes que ya tienen contratos temporales. El 18 de agosto de 2009 el Poder Judicial concedió una medida cautelar en el marco de la referida acción, determinando la suspensión de esos contratos. Si bien fueron asignados a la Cárcel 60 nuevos agentes aprobados en el último concurso público, 70 funcionarios que habían sido contratados temporalmente dejaron la penitenciaría. De ese modo, no hubo un incremento en el número real de agentes, causando el deterioro de las condiciones de seguridad. Los representantes observaron que existen 11 edificios en la Cárcel, los cuales alojan un promedio de 60 detenidos cada uno. Por consiguiente, considerando el número de 34 agentes de seguridad por cada turno de servicio, habría un máximo de tres agentes para la guardia de cada edificio impidiendo, por ejemplo, que se garantice la seguridad de los detenidos involucrados en tumultos dentro de las celdas. 18. Que respecto de nuevos hechos de violencia sucedidos desde la Resolución de la Corte de 2 de mayo de 2008, los representantes expresaron que “las autoridades dentro de la Cárcel frecuentemente tratan a los detenidos con extrema violencia, golpizas, torturas y el uso descontrolado de las armas de fuego[, y] para mantener el disfraz de […] normalidad […] ejercen coerción sobre los detenidos, encubren actos de violencia y practican abusos de autoridad”. Particularmente, los representantes señalaron, inter alia, que: i) el informe de 19 de julio de 2008 del Juzgado de Ejecución Penal (supra Considerando 8.i) también señaló que uno de los principales problemas en Urso Branco era el clima de violencia. Dicho informe observó que en el año 2008 persistieron las noticias de agresiones físicas a los privados de libertad, practicadas supuestamente por otros internos o agentes públicos, lo que agrava el clima de inestabilidad carcelaria; ii) en agosto de 2008 el detenido W.R.X. sufrió actos de tortura por parte de agentes del Estado; en la visita realizada a la Cárcel el 8 de septiembre de 2008 por el Juez iii) de Ejecución Penal e integrantes del Ministerio Público, fueron encontrados 16 detenidos con graves signos de lesiones físicas en la celda F6. Los actos de tortura física y psicológica habrían sido perpetrados por el ex Director General de la Penitenciaría y otros cuatro agentes, quienes pretendían obtener

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