108. El 4 de diciembre de 2003 unos 120 miembros del Pueblo Sarayaku habrían sido agredidos
con machetes, palos, piedras y armas de fuego por miembros del Pueblo de Canelos, en presencia
de agentes policiales, cuando se dirigían a una “marcha por la paz y la vida” que se realizaría el 5 y
6 de diciembre en Puyo a raíz del peligro de “militarización del bloque 23”126.
109. Al respecto, el 1 de diciembre de 2003 la Asociación Kichwa de Sarayaku había enviado una
comunicación a los miembros de Canelos para invitarlos a participar en la marcha127. En respuesta a
esta comunicación, al día siguiente la Asociación de Indígenas Kichwas de Canelos “Palati Churicuna”
emitió una circular en la que decidió no participar en la marcha y advirtió que “como es de
conocimiento a nivel provincial […] está suspendida en su totalidad la circulación a los que se han
opuesto rotundamente al tema petrolero128”. El 4 de diciembre de 2003 el Teniente de Policía
Wilman Aceldo se reunió con el Presidente de la Junta Parroquial de Canelos, quien le advirtió al
teniente que “si no respetan las decisiones de Canelos de no permitir el paso por el territorio de
Canelos [sucederían] encuentros de fuerza mayor”129.
110. El Estado envió un contingente de seguridad compuesto por 10 funcionarios policiales al lugar
de los hechos. El Teniente de Policía Aceldo Argoti, quien se encontraba allí, relató:
“[…] todos los pobladores [de Canelos] se estaban reuniendo con la finalidad de impedir que personas de
Sarayaku se trasladen hasta la ciudad de Puyo, a la marcha por la paz y la vida […]. [M]e trasladé hasta el
sector de Cuyas a esperar el arribo de las personas de Sarayaku[. A] eso de las 13:00 horas cinco personas
arribaron, pero desde ese momento los habitantes de Canelos indicaron un no rotundo a la circulación, por lo
que aproximadamente a 500 metros de donde no[s] encontrábamos cortaron un árbol en la vía para evitar
nuestra salida […] inmediatamente se les dio la seguridad con nuestro personal, para evitar desgracias
nuevamente […] del otro lado del puente a la altura de la escuela se habían encontrado alrededor de 110
personas de Sarayaku, […] por lo que redoblamos el paso en el puente con un cerco policial pero no fue
suficiente nuestros esfuerzos rompiendo el cerco policial instantes en los cuales comenzaron a perseguirles a las
personas de Sarayaku, armándose de palos tratamos de evitar el enfrentamiento agotando nuestros esfuerzos,
los persiguieron a lo largo de 10 minutos y fueron dados alcance produciéndose en ese momento una gresca
fruto del cual se dieron algunos heridos”130.
111. En tales hechos resultaron heridos miembros del Pueblo Kichwa de Sarayaku, entre ellos,
Hilda Santi Gualinga, Silvio David Malaver Santi, Laureano Gualinga, Edgar Gualinga Machoa, José
Luís Gualinga Vargas, Victoria Santi Malaver, Marco Gualinga, Héctor Santi Manya, Marco Santi
Vargas, Alonso Isidro Gualinga Machoa, Heriberto Gualinga Santi, Jorge Santi Guerra, Aura Cuji
Gualinga, María Angélica Santi Gualinga, Clotilde Gualinga, Emerson Alejando Shiguango Manya,
que constituye una amenaza contra su integridad física y psíquica, así como un acto de persecución y amedrentamiento en
contra de su Pueblo y como tal de mi condición de dirigente indígena. Denuncia presentada por Marlon Santi y su abogado
José Serrano, ante la Fiscal General de Ecuador, (expediente de Prueba, tomo 10, folio 6338).
126
Cfr. Providencia inicial de investigación de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Pastaza, Puyo de 5 de
diciembre de 2003 (expediente de Prueba, tomo 9, folios 5127 y 5128) e Indagación Previa suscrita por el Fiscal del
Ministerio Público el 9 de diciembre de 2003 (expediente de Prueba, tomo 9, folios 5130 y 5131). Véase asimismo, partes del
Comando Provincial de Policía de Pastaza No. 16: de 4 de diciembre de 2003, suscrita por el Teniente de Policía Wilman Oliver
Aceldo Argoti y dos del 5 de diciembre de 2003, suscritas por el Teniente de Policía Patricio Campaña y el Mayor de Policía
Aníbal Sarmiento Bolaños (expediente de Prueba, tomo 9, folios 5135 a 5140) e Informe de la Junta Parroquial de Canelos del
enfrentamiento ocasionado entre el Pueblo de Canelos y el Pueblo de Sarayaku, sin fecha (expediente de Prueba, tomo 9,
folios 5141 a 5144). Del mismo modo véase el listado de las personas que supuestamente agredieron a los miembros del
Pueblo Kichwa de Sarayaku el 4 de septiembre de 2003 (expediente de Prueba, tomo 9, folios 5146 y 5147) y once
declaraciones de 36 de las personas denunciadas por estos hechos (expediente de Prueba, tomo 9, folios 5001 y ss).
127
Cfr. Informe de la Junta Parroquial de Canelos del enfrentamiento ocasionado entre el Pueblo de Canelos y el Pueblo
de Sarayaku, folio 5111.
128
Cfr. Informe de la Junta Parroquial de Canelos del enfrentamiento ocasionado entre el Pueblo de Canelos y el Pueblo
de Sarayaku, folio 5112.
129
Cfr. Informe de la Junta Parroquial de Canelos del enfrentamiento ocasionado entre el Pueblo de Canelos y el Pueblo
de Sarayaku, folio 5112. Asimismo, véase parte policial de 4 de diciembre de 2003 (expediente de Prueba, tomo 9, folios
5116 y 5117).
130
Parte elevado al comandante provincial de Pastaza No. 16 de 4 de diciembre de 2003, suscrito por el Teniente de
Policía Wilman Oliver Aceldo Argoti, (expediente de Prueba, tomo 9, folios 5135 a 5137). Asimismo, véase Indagación Previa
845-2003 en la que se afirma el enfrentamiento (expediente de Prueba, tomo 16, folios 9230 y ss).
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