-10a la redacción del tipo penal, también indicaron en reiteradas ocasiones 44 que la modificación
del artículo 320 del Código Penal se realizó “según los estándares emitidos en la jurisprudencia
de la Corte”. Asimismo, en los casos Anzualdo Castro, Gómez Palomino y Tenorio Roca y
otros, la Comisión valoró positivamente la reforma efectuada por el Estado 45.
25.
Tal como fue señalado previamente, el Tribunal recuerda que, desde el caso Gómez
Palomino, indicó cuáles eran los aspectos de la tipificación del artículo 320 del Código Penal
entonces vigente que eran incompatibles con los estándares internacionales en la materia
(supra Considerando 16). En las Sentencias de estos casos la Corte no se limitó a indicar de
forma general que el tipo penal debía adaptarse a los estándares internacionales, sino que
adicionalmente examinó cuáles eran los estándares que el mismo no cumplía. En relación con
el sujeto activo del tipo penal, la Corte solamente indicó que existía una incompatibilidad por
la restricción que contenía dicho tipo penal respecto a las formas de participación delictiva,
ya que únicamente contemplaba la autoría del delito por funcionarios o servidores públicos.
La subsanación de esta restricción ya fue valorada positivamente por este Tribunal (supra
Considerando 18).
26.
En la reiterada jurisprudencia de este Tribunal46, incluyendo las Sentencias de los
cuatro casos, la Corte ha indicado que la desaparición forzada de personas cuenta con los
siguientes elementos concurrentes y constitutivos: “a) la privación de la libertad; b) la
intervención directa de agentes estatales o la aquiescencia de éstos, y c) la negativa de
reconocer la detención y de revelar la suerte o el paradero de la persona interesada”. Como
es posible notar, el propio Tribunal se ha referido a la “intervención directa de agentes
estatales o la aquiescencia de éstos”, por lo que resulta irrazonable exigir ahora, al examinar
Cfr. Escritos de observaciones de los representantes de: 17 de mayo de 2017, 23 de abril y 24 de septiembre
de 2018 en el caso Anzualdo Castro; 7 de septiembre de 2018 en el caso Osorio Rivera y familiares, y 10 de
septiembre de 2018 en el caso Gómez Palomino.
45
Cfr. Escritos de observaciones de la Comisión Interamericana de: 19 de julio de 2017 en el caso Anzualdo
Castro; el 17 de enero de 2018 en el caso Gómez Palomino, y 18 de julio de 2018 en el caso Tenorio Roca y otros.
46
Cfr. Al respecto, inter alia: Caso Gómez Palomino Vs. Perú, supra nota 1, párr. 97; Caso Heliodoro Portugal
Vs. Panamá. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 12 de agosto de 2008. Serie C
No. 186, párr. 110; Caso Ticona Estrada y otros Vs. Bolivia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de
noviembre de 2008. Serie C No. 191, párr. 55; Caso Anzualdo Castro Vs. Perú, supra nota 2, párr. 60; Caso Radilla
Pacheco Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de noviembre de
2009. Serie C No. 209, párr. 140; Caso Chitay Nech y otros Vs. Guatemala. Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de mayo de 2010. Serie C No. 212, párr. 85; Caso Ibsen Cárdenas e Ibsen
Peña Vs. Bolivia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de septiembre de 2010 Serie C No. 217, párr. 60;
Caso Gomes Lund y otros ("Guerrilha do Araguaia") Vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2010. Serie C No. 219, párr. 104; Caso Gelman Vs. Uruguay. Fondo y
Reparaciones. Sentencia de 24 de febrero de 2011. Serie C No.221, párr. 65; Caso Torres Millacura y otros Vs.
Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de agosto de 2011. Serie C No. 229, párr. 95; Caso
Contreras y otros Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2011. Serie C No.
232, párr. 82; Caso González Medina y familiares Vs. República Dominicana. Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de febrero de 2012. Serie C No. 240, párr. 128; Caso Masacres de Río Negro
Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de septiembre de 2012. Serie
C No. 250, párr. 115; Caso Gudiel Álvarez y otros ("Diario Militar") Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 20 noviembre de 2012. Serie C No. 253, párr. 193; Caso García y Familiares Vs. Guatemala. Fondo
Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 noviembre de 2012. Serie C No. 258, párr. 97; Caso Osorio Rivera y
familiares, supra nota 3, párr. 113; Caso Rochac Hernández y otros Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 14 de octubre de 2014. Serie C No. 285, párr. 95; Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del
Palacio de Justicia) Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de
noviembre de 2014. Serie C No. 287, párr. 226; Caso Comunidad Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú. Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de septiembre de 2015. Serie C No. 299, párr. 161;
Caso Tenorio Roca y otros Vs. Perú, supra nota 4, párr. 141; Caso Miembros de la Aldea Chichupac y comunidades
vecinas del Municipio de Rabinal Vs. Guatemala. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia
de 30 de noviembre de 2016. Serie C No. 328, párr. 133; Caso Munárriz Escobar y otros Vs. Perú. Excepción
Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de agosto de 2018. Serie C No. 355, párr. 63, y Caso
Terrones Silva y otros Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de
septiembre de 2018. Serie C No. 360, párr. 135.
44