5 información sobre la denuncia formulada o información adicional al respecto. Asimismo, el Estado mencionó que, a pesar que los representantes anunciaron que la señora Viviana Barrera se encontraría a finales del mes de octubre en la ciudad de Bogotá y que informaría si deseaba someterse a un nuevo estudio de nivel de riesgo y grado de amenaza, desconocía tanto su ubicación como su voluntad para que se le realice un nuevo estudio. 9. La Comisión destacó que la señora Viviana Barrera había expresado haber continuado recibiendo llamadas que podrían enmarcarse en el contexto de intimidación y amenazas anteriores. 1.3. Situación de Sara Paola Pinzón López, Luz Mery Pinzón López y sus familiares 10. Los representantes informaron que, en agosto de 2010 (f.631), se habían producido hechos extraños por la presencia de personas desconocidas en la vivienda de las señoras Luz Mery y Sara Paola Pinzón en Villavicencio. 11. El Estado mencionó que los peticionarios únicamente habían hecho referencia a la situación específica de las beneficiarias Luz Mery Pinzón y Sara Paola Pinzón. Asimismo Afirmó que, dado que no se proporcionó información respecto de las beneficiarias Esther Pinzón López y María Teresa Pinzón López, quienes forman parte del mismo núcleo familiar, el Estado presumía que no se habían presentado situaciones de riesgo que podían afectar sus vidas e integridad personal. 12. En relación con alegados hechos de hostigamiento a la señora Luz Mery Pinzón por parte de un ex funcionario de la Defensoría del Pueblo, el 29 de septiembre de 2010 ella comunicó a la Corte que "el abogado Hernán Zapata Páez en ningún momento [la había] hostig[ado], amenaz[ado] u oblig[ado] para que recibiera una asesoría, [y que] por el contrario [había sido] amable y respetuoso de [su] decisión, pues al culminar la reunión […] le manifesté que no estaba interesada y no volv[ió] a recibir llamadas por parte del abogado. Además, manifestó que “nunca h[abía] recibido llamadas de una persona de nombre Armando Céspedes Espinoza y tampoco de funcionarios del Estado, específicamente del CTI o la Policía Nacional ". 13. La Comisión hizo notar, sobre la causa relativa a las supuestas amenazas contra Sara Paola Pinzón, que la misma se refiere a investigaciones realizadas en el año 2009 que ya estaban en conocimiento del Tribunal y que el Estado no se había referido a ninguna actuación reciente en el marco de esta investigación. 1.4. Situación de Luis Guillermo Pérez 14. Los representantes informaron que Luis Guillermo Pérez y sus familiares debieron abandonar el país hace varios años, como consecuencia de las amenazas y persecución contra aquél por su participación como abogado de la parte civil en el caso que se adelantaba por los hechos de la Masacre de Mapiripán. El señor Pérez decidió regresar a Colombia como integrante de la Corporación Colectivo de

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