28
92.
Entre el 11 de julio de 2001 y el 11 de septiembre de 2002 únicamente se dispuso
el cumplimiento de las órdenes del Ministerio Público y el aporte al expediente de
documentos pendientes, sin que efectivamente se llevara a cabo diligencia probatoria
alguna. Debido a ello, en el mismo período se solicitaron prórrogas en cuatro
oportunidades distintas para la realización de las diligencias faltantes en la Investigación.
Todas las solicitudes de prórroga fueron aprobadas por el Ministerio Público, quien
concedió extensiones de hasta 90 días83.
93.
El 12 de septiembre de 2002 el jefe de policía Paulo Cezar da Silva solicitó al
Juzgado de Loanda la remisión del revólver incautado y los dos casquillos de calibre 38
encontrados en el lugar del crimen para su envío al Instituto de Criminalística84.
94.
El 13 de septiembre de 2002 fue adjuntada a la Investigación la declaración de
Flair Carrilho, rendida el 25 de julio de ese año ante la 3ª Jefatura de Investigaciones
Interestaduales. El testigo respondió, entre otros aspectos, que: i) Darci Favoreto, quien
era su paciente desde 1994, asistía a las consultas médicas acompañado de su esposa y
algún familiar; ii) “no p[odía] afirmar con certeza si [Morival Favoreto] estuvo o no en su
consultorio el 25 de noviembre de 1998”; iii) “con certeza absoluta, el recibo [de
referencia] pertenece a la clínica, la firma corresponde a la utilizada por el declarante en
sus documentos de la clínica, y de acuerdo con el historial médico del paciente, éste
estuvo ese mismo día [25 de noviembre de 1998] en su consultorio”, y iv) por
impedimentos legales no puede suministrar el expendiente del paciente Darci Favoreto85.
95.
Entre el 14 de septiembre de 2002 y el 9 de agosto 2003 se solicitaron y
concedieron tres prórrogas, una de ellas nuevamente por 90 días, para concluir la
Investigación86.
96.
El 10 de agosto de 2003 el jefe de policía Paulo Gomes de Souza reiteró el oficio
enviado al Juzgado de Loanda el 12 de septiembre de 2002 acerca del arma y los
82
Cfr. Declaración de Eduardo Minutoli Junior de 28 de septiembre de 2000, y oficio del jefe Cezar Napoleão
Casimir Ribeiro de 10 de julio de 2001 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo Único,
Anexo 4, folios 2073, 2074 y 2076).
83
Cfr. Solicitud del jefe Cezar Napoleão Casimir Ribeiro de 13 de julio de 2001; despachos del jefe Valdir
Fernandes de 14 de septiembre y 11 de octubre de 2001, y de 8 de abril de 2002; despachos del jefe Jairo dos
Santos de 23 de noviembre y 20 de diciembre de 2001; despachos del jefe Paulo Cezar da Silva de 10 de mayo
y 15 de agosto de 2002, y pareceres del Ministerio Público de 6 de agosto y 23 de octubre de 2001, y de 22 de
febrero y 17 de junio de 2002 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo Único, Anexo 4,
folios 2075 a 2089). La fiscal explicó que el plazo de 90 días concedido era excepcional, en virtud de la
proximidad de la vacaciones forenses del mes de julio de 2002, así como porque el jefe de policía a cargo de la
Investigación se encontraba atendiendo, además de los de cinco municipios incluidos en la Comarca de Loanda,
a la Comarca de Santa Isabel do Ivaí.
84
Cfr. Solicitud del jefe Paulo Cezar da Silva de 12 de septiembre de 2002 (Expediente de anexos a la
contestación de la demanda, Tomo Único, Anexo 4, folio 2092). De acuerdo con el testigo Fabio Guaragni, los
dos casquillos de calibre 38 mencionados fueron entregados por un testigo a la Jefatura de Querência do Norte.
Cfr. Testimonio rendido por Fabio Guaragni en la audiencia pública, supra nota 63.
85
Cfr. Certificación de la Jefatura de Querência do Norte de 13 de septiembre de 2002, y declaración del
médico Flair Carrilho de 25 de julio de 2002 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo
Único, Anexo 4, folios 2091 y 2106).
86
Cfr. Solicitud del jefe Paulo Cezar da Silva de 10 de octubre de 2002; parecer del Ministerio Público de 11
de noviembre de 2002; orden de la jueza Khater de 11 de noviembre de 2002; parecer del Ministerio Público de
13 de marzo de 2003; solicitud del jefe Flávio de Almeida Medina de 28 de abril de 2003; parecer del Ministerio
Público de 21 de mayo de 2003 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo Único, Anexo 4,
folios 2109 a 2123), y solicitud del jefe Flávio de Almeida Medina de 12 de febrero de 2003 (Expediente de
anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Anexo 8.1.1, folio 1270).
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