hombres que la abordó en abril de 2018, camino a su casa. En esa ocasión, dos hombres armados con vestimentas oscuras, compatibles con uniformes de seguridad, pero sin identificación, descendieron de un carro blanco y se le acercaron de manera intimidatoria. Cuando percibieron que Guacira Rodrigues no estaba sola, se alejaron. Los hombres desistieron del acto, pero uno de ellos antes de irse, identificado a partir de los reportes de Guacira, mandó el recado: “Tenemos una bala guardada para Usted y otra para Wilma”.Debido a las amenazas Guacira está sufriendo de problemas cardíacos, como presión alta, y por presenciar tanta degradación en el sistema penitenciario de Pernambuco. La recomendación médica fue que ya no asistiera a las visitas a los presidios, para que mejore su condición de salud. 139. En virtud de la gravedad de los datos suministrados y de haber recibido varias amenazas de muerte, de alguien posiblemente vinculado a una facción criminal, los representantes solicitaron que Wilma Melo reportara todos los hechos narrados en una reunión con el Programa de Defensores de Derechos Humanos. La defensora de derechos humanos relató el monitoreo que sufrió cerca de su casa y la muerte del ex policía militar. A pesar de la ejecución del ex-PM, se sabe que él era sólo uno de los que podrían haber sido designados para asesinar a Wilma y Guacira. Su muerte no puso fin a las amenazas, por el contrario, es previsible que otro ya lo haya sustituido en la tarea de ejecutar a las dos representantes. 140. Considerando la gravedad de lo que se ha narrado, los representantes reafirmaron la importancia del Estado de seguir con las investigaciones eficaces en el sentido de responsabilizar a los involucrados y de garantizar la vida de Wilma Melo y Guacira Rodrigues. 141. La Corte reitera que el Estado debe permitir el amplio e irrestricto acceso de los defensores de derechos humanos a las instituciones públicas en que estén realizando su trabajo. Asimismo, las eventuales medidas tomadas para protegerles no pueden convertirse en un impedimento a la continuidad de las actividades que precisamente motivaron la situación de riesgo. Ello tornaría ineficaz la valiosa labor de aquellas personas que se dedican a la defensa de los derechos humanos. 142. En cuanto a los informes sobre supuestas amenazas de muerte hacia a la señora Guacira Rodrigues, la Corte considera que se configura prima facie una situación de extrema gravedad, urgencia y de riesgo de daño irreparable a la vida e integridad personal de la señora Rodrigues, que justifica una ampliación de las medidas provisionales, de oficio, a su favor. Por lo tanto, la Corte considera necesario requerir al Estado que implemente las medidas de protección que sean acordadas con la señora Rodrigues a la mayor brevedad, y que informe al Tribunal al respecto. 143. Este Tribunal tiene una mayor preocupación por la gravedad y el peligro que representan las amenazas concretas recibidas por Guacira Rodrigues y Wilma Melo, de modo que considera que el Estado, en el menor tiempo posible, deberá llevar a cabo las investigaciones que sean necesarias para poder determinar el origen de las mismas y tomar las medidas pertinentes para la protección de la vida e integridad personal de las representantes. 144. En ese sentido, la Corte reitera que el Estado debe proteger la vida e integridad de Wilma Melo y Guacira Rodrigues, permitiendo la entrada de los representantes al Complejo de Curado, sin preaviso, a menos que excepcional y comprobadamente, su seguridad pueda estar en riesgo. 30

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