judice. En consecuencia, los actos de agresión y hostigamiento de los que, por
más de dos décadas, habrían sido víctimas María Elena Toro Torres, María
Bibiancy Tabares Toro, Leidy Julieth Gallego Toro y María Isabel Gallego Toro y
sus respectivos núcleos familiares habrían alcanzado un alto grado de
intimidación, generando tal nivel de angustia y temor que ha llevado a que varios
familiares de Óscar Iván Tabares dejen su proyecto de vida en Colombia y
busquen refugio en el exilio.
b)
Urgencia: el riesgo padecido por María Elena Toro Torres, María Bibiancy
Tabares Toro, Leidy Julieth Gallego Toro y María Isabel Gallego Toro y sus
respectivos núcleos familiares sería más grave e inminente por dos factores.
Primero, porque la investigación penal contra los responsables y la búsqueda de
Óscar Iván Tabares Toro se encuentran activos y con numerosas actuaciones
debido a la presión ejercida por el proceso internacional. Segundo, porque debido
a que el avance del trámite interamericano ha tenido una mayor cobertura
mediática, los propuestos beneficiarios temen que se tomen represalias en su
contra en fechas próximas a la emisión de la sentencia del caso. Los
representantes señalaron que el avance en el trámite interamericano, e inclusive
sin que la decisión exista, ha habido un aumento en frecuencia e intensidad en
los hostigamientos, lo que obligó a algunos de los familiares a exiliarse, en
Estados Unidos. Aclararon que solo algunos de los propuestos beneficiarios
quienes salieron del país por lo que deberían adelantarse las medidas de
protección concretas respecto de las personas que permanecen en el territorio
colombiano y que aún viven con el miedo y la zozobra acumulada a través de los
años.
c)
Irreparabilidad del daño: consideraron que tanto la existencia de
incidentes de riesgo en contra de la vida e integridad personal de los propuestos
beneficiarios, así como su naturaleza y entidad, constituye evidencia de que
existe una probabilidad razonable de futuros atentados en su contra. Sostuvieron
también que, es claro que estos pueden causar daños irreparables, tanto a la
señora María Elena Toro Torres como a María Bibiancy Tabares Toro, Leidy Julieth
Gallego Toro y María Isabel Gallego Toro y sus respectivos núcleos familiares,
máxime si se considera que dentro de éstos hay menores de edad quienes han
tenido que ser testigos de los ataques.
6.
Con base a lo expuesto, los representantes solicitaron a la Corte que adopte las
medidas provisionales para proteger la vida e integridad de los familiares de Óscar Iván
Tabares Toro, a saber: (i) María Elena Toro Torres, madre; (ii) María Bibiancy Tabares
Toro, hermana de Óscar Tabares y su núcleo familiar: Víctor Alonso León Mesa, esposo,
Isabel Cristina Henao Tabares, hija; María Camila Henao Tabares, hija y su esposo Miguel
Ángel Orozco Duque; (iii) Leidy Julieth Gallego Toro, hermana de Óscar Tabares y su
núcleo familiar: Jhon Alber Urrego Pérez, esposo; y iv) María Isabel Gallego Toro,
hermana de Óscar Tabares, y su núcleo familiar: Juan David Castañeda Ríos, esposo;
Samuel David Castañeda Gallego, hijo menor de edad de 4 años y Juan Manuel
Castañeda Gallego, hijo menor de edad de 1 año. Los representantes solicitaron que se
requiera al Estado: i) la implementación de las medidas de protección de manera
consensuada con los propuestos beneficiarios y sus representantes, incluyendo a las
víctimas que se encuentran por fuera de Colombia; ii) que investigue los hechos
expuestos en la presente solicitud, con mensaje de urgencia, con ocasión de los
familiares que permanecen en territorio colombiano y ven en grave peligro sus derechos.
De esta forma, es crucial realizar una investigación que dé con los responsables de las
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