judice. En consecuencia, los actos de agresión y hostigamiento de los que, por más de dos décadas, habrían sido víctimas María Elena Toro Torres, María Bibiancy Tabares Toro, Leidy Julieth Gallego Toro y María Isabel Gallego Toro y sus respectivos núcleos familiares habrían alcanzado un alto grado de intimidación, generando tal nivel de angustia y temor que ha llevado a que varios familiares de Óscar Iván Tabares dejen su proyecto de vida en Colombia y busquen refugio en el exilio. b) Urgencia: el riesgo padecido por María Elena Toro Torres, María Bibiancy Tabares Toro, Leidy Julieth Gallego Toro y María Isabel Gallego Toro y sus respectivos núcleos familiares sería más grave e inminente por dos factores. Primero, porque la investigación penal contra los responsables y la búsqueda de Óscar Iván Tabares Toro se encuentran activos y con numerosas actuaciones debido a la presión ejercida por el proceso internacional. Segundo, porque debido a que el avance del trámite interamericano ha tenido una mayor cobertura mediática, los propuestos beneficiarios temen que se tomen represalias en su contra en fechas próximas a la emisión de la sentencia del caso. Los representantes señalaron que el avance en el trámite interamericano, e inclusive sin que la decisión exista, ha habido un aumento en frecuencia e intensidad en los hostigamientos, lo que obligó a algunos de los familiares a exiliarse, en Estados Unidos. Aclararon que solo algunos de los propuestos beneficiarios quienes salieron del país por lo que deberían adelantarse las medidas de protección concretas respecto de las personas que permanecen en el territorio colombiano y que aún viven con el miedo y la zozobra acumulada a través de los años. c) Irreparabilidad del daño: consideraron que tanto la existencia de incidentes de riesgo en contra de la vida e integridad personal de los propuestos beneficiarios, así como su naturaleza y entidad, constituye evidencia de que existe una probabilidad razonable de futuros atentados en su contra. Sostuvieron también que, es claro que estos pueden causar daños irreparables, tanto a la señora María Elena Toro Torres como a María Bibiancy Tabares Toro, Leidy Julieth Gallego Toro y María Isabel Gallego Toro y sus respectivos núcleos familiares, máxime si se considera que dentro de éstos hay menores de edad quienes han tenido que ser testigos de los ataques. 6. Con base a lo expuesto, los representantes solicitaron a la Corte que adopte las medidas provisionales para proteger la vida e integridad de los familiares de Óscar Iván Tabares Toro, a saber: (i) María Elena Toro Torres, madre; (ii) María Bibiancy Tabares Toro, hermana de Óscar Tabares y su núcleo familiar: Víctor Alonso León Mesa, esposo, Isabel Cristina Henao Tabares, hija; María Camila Henao Tabares, hija y su esposo Miguel Ángel Orozco Duque; (iii) Leidy Julieth Gallego Toro, hermana de Óscar Tabares y su núcleo familiar: Jhon Alber Urrego Pérez, esposo; y iv) María Isabel Gallego Toro, hermana de Óscar Tabares, y su núcleo familiar: Juan David Castañeda Ríos, esposo; Samuel David Castañeda Gallego, hijo menor de edad de 4 años y Juan Manuel Castañeda Gallego, hijo menor de edad de 1 año. Los representantes solicitaron que se requiera al Estado: i) la implementación de las medidas de protección de manera consensuada con los propuestos beneficiarios y sus representantes, incluyendo a las víctimas que se encuentran por fuera de Colombia; ii) que investigue los hechos expuestos en la presente solicitud, con mensaje de urgencia, con ocasión de los familiares que permanecen en territorio colombiano y ven en grave peligro sus derechos. De esta forma, es crucial realizar una investigación que dé con los responsables de las 4

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