c. Existe un “actuar sistemático” del Estado “consistente en afectar a la familia de quienes considera sus ‘enemigos’ políticos 8, por lo que existe información suficiente para generar un grado de conocimiento probable y razonable de que […], inminentemente, acciones para afectar la vida, integridad o libertad personales tanto de la presunta [v]íctima […] como de su hijo”, siendo las afectaciones a Jesús Miguel Revilla Zambrano un forma de actuar contra su padre, sea para castigar o coaccionar a este último o para evitar que el señor Revilla Zambrano declare ante la Corte Interamericana. 7. Los representantes alegaron, además, en sustento de su solicitud, lo siguiente: a. Las medidas requeridas tendrían carácter tanto “tutelar”, en tanto que buscan proteger a las personas, como “cautelar”, pues procurarían proteger los derechos convencionales hasta que se resuelva el fondo de la controversia, así como asegurar la materia probatoria del proceso. b. Existe relación entre lo peticionado y el objeto del caso, pues las medias solicitadas se relacionan con los hechos indicados en el Informe de Fondo y reiterados por los representantes en su escrito de solicitudes y argumentos, así superior o contratante) perteneciente a las disidencias de las FARC y que ha trabajado desde el año 2000 con la DGCIM, plenamente identificado y cuyas características específicas se reservan por petición del funcionario que proporciona la información, le fue ordenado ‘mi neutralización’; dada mi salida de Venezuela, el objetivo fue transferido a mi hijo Jesús Miguel Revilla Zambrano. El ‘activo’ mencionado, ya ha servido a la DGCIM bajo la dirección de [H.C.], del jefe de investigaciones de la época, el General [F.R.] y actualmente bajo la administración del Mayor General [I.H.], con casos específicos de actuación efectiva como en el que se involucró́ al General de División [A.L.], en una supuesta colaboración con organizaciones del narcotráfico, siendo que el referido oficial general, fue quien combatió́ en forma directa a tales organizaciones en el eje Machiques – colón del estado Zulia Venezuela, desde el 2016 hasta el 2019 cuando fue ‘neutralizado’ permaneciendo detenido, sin juicio, desde el 2019, con lo que se truncó́ su carrera para evitar que, desde otros cargos superiores actuara conforme a la ley contra dichos grupos. Se me han entregado los datos exactos de la persona, ubicación y sitios alternos donde generalmente opera, sin embargo, el funcionario que me lo ha proporcionado teme por su vida, por lo que, siendo que es parte de la organización que ha ordenado nuestra neutralización, me ha solicitado no se haga público puesto que pudiera descubrirse su identidad y su familia correr mayor peligro al ser considerado ‘traidor’ por sus superiores”. 8 Los representantes aseveraron que “un modus operandi del Estado de Venezuela ha sido inventar o instaurar procesos judiciales o ejecutar acciones contra aquellos derechos de quienes considera ‘objetivos políticos’”, y citaron, en sustento de tal afirmación, “lo[s] párrafos 9, 26, 69, 71, 74, 76, 85, 99 del Informe A/HCR/51/CRP.3 de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela”, de 20 de septiembre de 2022, documento cuya copia remitieron. Entre los señalamientos de dicho texto, puede leerse que “las y los disidentes reales y percibidos y opositores al Gobierno fueron objeto de detención sobre la base de criterios que incluían su presunta participación en complots contra el Gobierno, sus posiciones de liderazgo o su potencial de liderazgo, sus funciones dentro de la oposición política, sus críticas públicas al Gobierno y, en algunos casos, su potencial para ser objeto de actos de extorsión”. Además, el texto agrega que un “número importante de personas detenidas […] especialmente en 2018, 2019 y 2020, eran oficiales militares y personas afines, que supuestamente estaban involucrados en intentos de golpes de Estado […]. Al menos en algunos casos se actuó contra ciertos oficiales debido a que aparentemente se perfilaban como líderes, representaban potencialmente una amenaza para el poder, denunciaban irregularidades dentro del ejército o del Gobierno o simplemente eran abiertamente críticos del Gobierno”. Asimismo, el documento expresa que “los/as civiles vinculados/as a los objetivos militares, políticos o económicos, como familiares, amigos/as y asociados/as, también se convirtieron cada vez más en víctimas de la represión. Esto incluye a los familiares de los oficiales militares atacados o a aquellos que podrían conocer el paradero de los oficiales atacados. La Misión observó un patrón según el cual se detenía a familiares, hombres y mujeres de la persona que era objetivo de la operación para forzarla a que se entregue”. 4

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