2 que las organizaciones de derechos humanos se encontraban en la mira del paramilitarismo; c) el 8 de diciembre de 2003 la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares (MC 705-03) a favor de los miembros de la CCJ con base en la información de que éstos se encontraban en una situación de gravedad y urgencia. La Comisión solicitó al Estado adoptar las medidas necesarias para proteger la vida y la integridad personal de los miembros de la CCJ para que pudieran continuar con su labor de promoción y defensa de los derechos humanos, así como concertar las medidas a adoptarse con los beneficiarios, e informar sobre las acciones adoptadas con el fin de esclarecer los señalamientos contra los beneficiarios; d) luego del otorgamiento de las medidas cautelares los beneficiarios informaron sobre la situación de hostilidad en la que se encontraban los defensores de los derechos humanos en Colombia en general, y la CCJ en particular, como consecuencia de actos cometidos por parte de agentes estatales. Específicamente que dos miembros de la CCJ, Ana María Rodríguez y Lina Paola Malagón, recibieron amenazas de muerte en marzo de 2008 y marzo de 2009, respectivamente. En diciembre de 2008 presuntos actos de hostigamiento fueron cometidos en Cartagena contra miembros de la CCJ; e) además, los beneficiarios informaron sobre las presuntas actividades ilegales realizadas por el Departamento Administrativo de Seguridad (en adelante “DAS”)1 en perjuicio de organizaciones de derechos humanos, incluyendo actividades de inteligencia, neutralización, inteligencia ofensiva y judicialización con el fin de seguir, controlar e intimidar las “entidades de tendencia opositora”2. El 7 de mayo de 2009 la CCJ interpuso una petición ante la Fiscalía General de la Nación y el DAS con la finalidad de acceder a los archivos de inteligencia relacionados con dicha organización y sus miembros, así como el resultado de las investigaciones penales y disciplinarias para determinar eventuales responsabilidades de agentes del DAS. Al respecto, la CCJ afirmó que no ha tenido acceso pleno a las investigaciones, que además se han visto afectadas por el robo y eliminación de información por parte de los propios agentes del DAS para evitar averiguaciones periodísticas y judiciales. El mismo DAS habría afirmado el 28 de mayo de 2009 que no posee en sus registros “información ni documentos de inteligencia contra la CCJ ni Gustavo Gallón [director de la CCJ].” Sin embargo, el Fiscal General de la Nación anunció, al investigar las intercepciones ilegales atribuidas a agentes del DAS, que se llamaría a Gustavo Gallón para que declarase en calidad de víctima. Además, los medios de comunicación reportaron que el mismo fue objeto de seguimientos constantes como parte de la operación denominada “Cascabel” llevada a cabo por el DAS. Estas situaciones se agregan a la continuidad de discursos oficiales de desprestigio a la labor de las organizaciones de derechos humanos, lo cual genera inseguridad para sus miembros, ya que se encuentran en una situación 1 Los miembros de la CCJ también señalaron la existencia de grupos de inteligencia especializada en el seno del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Afirmaron que entre fines de 2003 y 2004 fue creado el Grupo Especial de Inteligencia (G-3) “para hacer inteligencia a las distintas organizaciones de derechos humanos”, “para la toma de decisiones del Ejecutivo, con fines de investigación, y para restringir y neutralizar entidades de tendencia opositora”. 2 Según la Comisión en el periódico El Tiempo indicó que “el G-3 creó una especie de manual de seguimiento y acoso […] para investigar a estos blancos”.

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