2
que las organizaciones de derechos humanos se encontraban en la mira del
paramilitarismo;
c)
el 8 de diciembre de 2003 la Comisión Interamericana otorgó medidas
cautelares (MC 705-03) a favor de los miembros de la CCJ con base en la
información de que éstos se encontraban en una situación de gravedad y
urgencia. La Comisión solicitó al Estado adoptar las medidas necesarias para
proteger la vida y la integridad personal de los miembros de la CCJ para que
pudieran continuar con su labor de promoción y defensa de los derechos
humanos, así como concertar las medidas a adoptarse con los beneficiarios, e
informar sobre las acciones adoptadas con el fin de esclarecer los señalamientos
contra los beneficiarios;
d)
luego del otorgamiento de las medidas cautelares los beneficiarios
informaron sobre la situación de hostilidad en la que se encontraban los
defensores de los derechos humanos en Colombia en general, y la CCJ en
particular, como consecuencia de actos cometidos por parte de agentes
estatales. Específicamente que dos miembros de la CCJ, Ana María Rodríguez y
Lina Paola Malagón, recibieron amenazas de muerte en marzo de 2008 y marzo
de 2009, respectivamente. En diciembre de 2008 presuntos actos de
hostigamiento fueron cometidos en Cartagena contra miembros de la CCJ;
e)
además, los beneficiarios informaron sobre las presuntas actividades
ilegales realizadas por el Departamento Administrativo de Seguridad (en adelante
“DAS”)1 en perjuicio de organizaciones de derechos humanos, incluyendo
actividades de inteligencia, neutralización, inteligencia ofensiva y judicialización
con el fin de seguir, controlar e intimidar las “entidades de tendencia opositora”2.
El 7 de mayo de 2009 la CCJ interpuso una petición ante la Fiscalía General de la
Nación y el DAS con la finalidad de acceder a los archivos de inteligencia
relacionados con dicha organización y sus miembros, así como el resultado de las
investigaciones
penales
y
disciplinarias
para
determinar
eventuales
responsabilidades de agentes del DAS. Al respecto, la CCJ afirmó que no ha
tenido acceso pleno a las investigaciones, que además se han visto afectadas por
el robo y eliminación de información por parte de los propios agentes del DAS
para evitar averiguaciones periodísticas y judiciales. El mismo DAS habría
afirmado el 28 de mayo de 2009 que no posee en sus registros “información ni
documentos de inteligencia contra la CCJ ni Gustavo Gallón [director de la CCJ].”
Sin embargo, el Fiscal General de la Nación anunció, al investigar las
intercepciones ilegales atribuidas a agentes del DAS, que se llamaría a Gustavo
Gallón para que declarase en calidad de víctima. Además, los medios de
comunicación reportaron que el mismo fue objeto de seguimientos constantes
como parte de la operación denominada “Cascabel” llevada a cabo por el DAS.
Estas situaciones se agregan a la continuidad de discursos oficiales de
desprestigio a la labor de las organizaciones de derechos humanos, lo cual
genera inseguridad para sus miembros, ya que se encuentran en una situación
1
Los miembros de la CCJ también señalaron la existencia de grupos de inteligencia especializada en el
seno del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Afirmaron que entre fines de 2003 y 2004 fue
creado el Grupo Especial de Inteligencia (G-3) “para hacer inteligencia a las distintas organizaciones de
derechos humanos”, “para la toma de decisiones del Ejecutivo, con fines de investigación, y para restringir y
neutralizar entidades de tendencia opositora”.
2
Según la Comisión en el periódico El Tiempo indicó que “el G-3 creó una especie de manual de
seguimiento y acoso […] para investigar a estos blancos”.