2 11. […] designar, en el plazo de un año, contado a partir de la notificación de la […] Sentencia, una calle, plaza o escuela en memoria del señor Bernabé Baldeón García, en los términos de los párrafos 205 y 210 de [la] Sentencia[;] 12. […] proveer tratamiento médico, psicológico y psiquiátrico, según sea el caso, a los señores Guadalupe Yllconza Ramírez de Baldeón1; Crispín, Roberto, Segundina, Miguelita, Perseveranda, Vicente, Sabina y Fidela, todos ellos de apellido Baldeón Yllaconza, si así lo requieren, y por el tiempo que sea necesario, en los términos de los párrafos 207 y 210 de [la] Sentencia[;] 13. […] pagar a los señores Guadalupe Yllconza Ramírez de Baldeón; Crispín, Roberto, Segundina, Miguelita, Perseveranda, Vicente, Sabina y Fidela, todos ellos de apellido Baldeón Yllaconza, en el plazo de un año, por concepto de la indemnización por daño material, las cantidades fijadas en los párrafos 185 y 187 de la […] Sentencia, en los términos de los párrafos 185, 187, 210, 211 y 213 a 216 de la misma[;] 14. […] pagar a los señores Guadalupe Yllconza Ramírez de Baldeón; Crispín, Roberto, Segundina, Miguelita, Perseveranda, Vicente, Sabina y Fidela, todos ellos de apellido Baldeón Yllaconza, en el plazo de un año, por concepto de la indemnización por daño inmaterial, la cantidad fijada en el párrafo 191 de la […] Sentencia, en los términos de los párrafos 191, 192, 210, 211 y 213 a 216 de la misma[, y] 15. […] pagar, en el plazo de un año, por concepto de las costas y gastos generados en el ámbito interno y en el proceso internacional ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, la cantidad fijada en el párrafo 209 de la […] Sentencia, la cual deberá ser entregada al señor Crispín Baldeón Yllaconza, en los términos de los párrafos 209, 210 y 212 a 216 de la misma. […] 2. La Resolución de la Corte Interamericana de 7 de febrero de 2008 sobre el cumplimiento de la Sentencia, mediante la cual declaró: 1. [q]ue de conformidad con lo señalado en los considerandos 1 a 11 de [dicha] Resolución, el Estado ha[bía] incumplido con su obligación de informar a esta Corte sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en los puntos resolutivos de la Sentencia[, y] 2. [q]ue mantendr[ía] abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de todas las medidas de reparación ordenadas por esta Corte en dicha Sentencia. Y RES[OLVIÓ]: 1. [r]equerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efectivo y pronto cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en la Sentencia […], de conformidad con lo estipulado en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos[, y] 2. [s]olicitar al Estado que presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 12 de marzo de 2008, un informe en el cual indique todas las medidas adoptadas para cumplir con las órdenes dispuestas por esta Corte. […] 3. Los escritos de 18 de abril y 17 de septiembre de 2008, mediante los cuales el Estado del Perú (en adelante “el Estado” o “el Perú”) se refirió al cumplimiento de la Sentencia. 1 La Corte hace notar que la víctima identificada con el Documento Nacional de Identidad No. 07115970 consta en el expediente del caso como “Guadalupe Yllconza Ramírez de Baldeón”, “Guadalupe Yllaconza Ramírez de Baldeón” y “Guadalope Yllaconza Ramírez de Baldeón”. En ese sentido, en la presente Resolución este Tribunal utilizará indistintamente dichas referencias, en el entendido de que se trata de una única persona identificada con el documento de identidad ya indicado.

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