12.
Amici Curiae. – Además de lo antes señalado (supra, párr. 11), el Tribunal recibió
escritos de amicus curiae por parte de: i) High Level Panel of Legal Experts on Media
Freedom9; ii) Estudio Jurídico Vera Abogados 10; iii) Xavier Burbano Espinazo11; iv)
Fundación Libertad de Prensa y El Veinte12; v) Hernán Duarte, FESPAD y Revista
Factum13; vi) Boston College Law School14; vii) Sandra Russo15; viii) Clínica Jurídica
Universidad Pompeu Fabra16; ix) Asociación Latinoamericana de Investigadores de la
Comunicación17; x) Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad
Nacional de La Plata18; xi) Plataforma por el Acceso a la Justicia19; xii) Baltasar Garzón
9
El documento, firmado por Can Yeginsu, Dario Milo y Steven Budlender SC, presenta un análisis sobre la
legalidad de las disposiciones jurídicas en Ecuador que penalizan la difamación y la aplicación de esas
disposiciones a personas que han sido sujetas a penas privativas de libertad y multas por realizar actividades
periodísticas de interés público.
El documento, firmado por Gutemberh Vera Páez, Alembert Vera Rivera, Lyonel Calderón Tello, y Maríadel
Carmen Vera Rivera, versa sobre alegatos relacionados con la naturaleza del artículo del señor Palacio Urrutia;
la falta de efectos de la sentencia condenatoria en su contra; el objetivo del proceso penal, el cual eralograr el
respeto a la honra, honor y dignidad del entonces Presidente; los límites de la libertad de expresión;y la
ausencia de una interferencia por parte del entonces Presidente o sus abogados en la justicia.
10
El documento, firmado por Xavier Burbano Espinoza, versa sobre la inclusión de la figura o papel de “parte
procesal” o “tercero adherente” para ejercicio exclusivo del derecho de defensa, como garantía de aplicación
del principio universal de presunción de inocencia, en el acceso de la justicia internacional, específicamente en
el Sistema Interamericano.
11
El documento, firmado por Jonathan Carl Bock Ruiz, Ana Bejarano Ricaurte, Raissa Carrillo Villamizar,
Emmanuel Vargas Penagos, Natalia Beltrán Orjuela y Vanessa López Ochoa, consiste en un análisis relativo a
las obligaciones convencionales de respeto, garantía y adecuación respecto a la labor periodística, así como
de los estándares de protección especial a expresiones de interés público.
12
El documento, firmado por Herman Duarte y César Castro Fagoaga, se refiere a la regulación de la libertad
de expresión del sistema interamericano de derechos humanos y del sistema europeo de derechos humanos.
13
El documento, firmado por Daniela Urosa M., María Massimo y Yuan Zhao, versa sobre el derecho a la
libertad de expresión y los límites de las sanciones penales y civiles contra periodistas, así como del eventual
control de convencionalidad que puede ejercer la Corte para instar al Estado a reformar su disposición
normativa sobre el delito de calumnia.
14
El documento, firmado por Sandra Russo, versa sobre el artículo de su autoría publicado en la contratapa
del periódico argentino Página 12, Dos tipos de Libertas, del 8 de septiembre de 2012. En dicho artículo se
exponen hechos discutidos en la presente causa, los cuales son reproducidos en el escrito de amicuscuriae.
15
El documento, firmado por Rocío Nalda Palomer, Rodrigo Nazzal Morgues, Vicente Aylwin Fernández,
Alexandre Venezia y Javier Martínez Morales, versa sobre la determinación del estándar internacional
actualizado relativo al alcance y restricciones del derecho a la libertad de expresión.
16
El documento, firmado por Fernando Oliveira Paulino y Gabriel Kaplún, trata sobre el derecho a la libertad
de expresión expuesta en dos dimensiones: individual y colectiva, que se traduce en la responsabilidadsocial y
la rendición de cuentas de los medios de comunicación.
17
El documento, firmado por Héctor Ángel Bernardo y Andrea Mariana Varela, constituye un análisis sobreel
vínculo entre los medios concentrados de comunicación y el derecho a la información de toda sociedad
democrática, en el marco de golpes de Estado y rupturas del orden institucional.
18
El documento, firmado por Mónica Eulalia Banegas, Carla Patricia Luzuriaga Salinas, María Gabriela Pazy
María Victoria Ramón, analiza el marco constitucional, legal y político en Ecuador para los años 2010 y 2011.
Asimismo, analiza el contexto en la emisión de la Ley de Comunicación, el derecho a la honra de las autoridades
públicas y la dimensión social del derecho a la libertad de expresión y la responsabilidad ulterior de los
periodistas.
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