-30respecto, también informaron sobre la existencia de amenazas telefónicas a tres beneficiarios de indemnizaciones. La Comisión compartió la preocupación de los representantes, considerando que pueden colocar a los familiares de las víctimas en una situación de riesgo debido a los altos índices de inseguridad, violencia y delincuencia en las zonas en las que algunos de ellos habitan. 79. Que en cuanto a lo expresado por los representantes, el Estado informó que se habían enviado cartas oficiales y personales a un número de beneficiarios y se había “guardado la prudencia de no mencionar nombres propios”, precisamente para no ponerlos en riesgo. Asimismo, el Estado manifestó que le parecía extraño que las víctimas no le hubiesen manifestado que estaban siendo objeto de presiones. Además, el Estado mencionó que las denuncias en torno a las amenazas que habrían recibido algunos beneficiarios de indemnizaciones no habían sido presentadas y que se había solicitado a los representantes que pusieran los hechos alegados en conocimiento de las autoridades competentes. 80. Que la Corte concuerda con el hecho de que los requerimientos públicos a través de medios de prensa, para que los beneficiarios de las reparaciones se apersonen para hacer efectivo el pago, pueden generar una situación de riesgo para ellos. En esa medida, se insta al Estado a que, en caso de ser aún necesarias, realice las gestiones correspondientes para ubicar a los beneficiarios o, en su caso, a sus representantes, y les notifique directamente lo pertinente, a efectos de finalizar los pagos correspondientes. El Tribunal queda a la espera de información acerca de las gestiones y resultados alcanzados en este sentido. f) Costas y gastos 81. Que en cuanto al deber de pagar las cantidades fijadas por concepto de costas y gastos, durante la audiencia el Estado indicó que el Ministerio del Interior y Justicia adelantó acciones de carácter administrativo para la realización del pago de costas y gastos. Por su parte, los representantes no hicieron alusión alguna a este punto resolutivo en sus observaciones y la Comisión manifestó que este punto seguiría pendiente de cumplimiento. 82. Que ante la falta de claridad acerca del cumplimiento de este punto, es necesario que el Estado y los representantes presenten información actualizada al respecto. * * * 83. Que al supervisar el cumplimiento de los puntos pendientes en este caso, la Corte valora la alta utilidad de la audiencia celebrada al efecto, la cual ha quedado plasmada en la buena voluntad y espíritu de cooperación mostrado por las partes. En particular, el Tribunal aprecia que el Estado, la Comisión y los representantes hayan efectuado reuniones que demuestran el propósito y compromiso común de buscar que aquellos puntos pendientes sean acatados.

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