45
Esa obligación se regula por el Derecho Internacional153. En sus decisiones a este respecto,
la Corte se ha basado en el artículo 63.1 de la Convención Americana.
159. De acuerdo con las consideraciones sobre el fondo y las violaciones a la Convención
declaradas en los capítulos anteriores, así como a la luz de los criterios fijados en la
jurisprudencia del Tribunal en relación con la naturaleza y alcances de la obligación de
reparar154, la Corte procederá a analizar tanto las pretensiones presentadas por la Comisión
y por los representantes, como los argumentos del Estado al respecto, con el objeto de
disponer las medidas tendientes a reparar los daños ocasionados a la víctima.
160. Previo a examinar las reparaciones pretendidas, la Corte observa que el Estado no
presentó alegatos específicos sobre las medidas de reparación solicitadas por la Comisión o
los representantes. No obstante, solicitó que “se declare sin lugar […] cada una de las
reclamaciones y reparaciones solicitadas”.
A) Parte lesionada
161. La Comisión y los representantes coincidieron al señalar como “parte lesionada” al
señor Usón Ramírez, a su cónyuge, María Eugenia Borges de Usón y a su hija, María José
Usón Borges.
162. Al respecto, el Tribunal reitera que se considera parte lesionada a aquellas personas
que han sido declaradas víctimas de violaciones de algún derecho reconocido en la
Convención155. La única persona que ha sido declarada víctima en la presente Sentencia es
el señor Usón Ramírez. Por lo tanto, este Tribunal considera como “parte lesionada”
únicamente al señor Francisco Usón Ramírez, en su carácter de víctima de las violaciones
que fueron declaradas en su perjuicio, por lo que será acreedor de las medidas de
reparación que ordene el Tribunal.
163. Por otro lado, si bien se presentó prueba en el presente caso respecto de los
presuntos daños sufridos por la señora María Eugenia Borges de Usón en consecuencia de
las violaciones declaradas156, ni la Comisión ni los representantes alegaron que ella o su hija
fueran víctimas de alguna violación a los derechos reconocidos en la Convención Americana.
En razón de lo anterior, y teniendo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal157, la Corte no
considera a las señoras María Eugenia Borges de Usón y María José Usón Borges como
“partes lesionadas”.
153
Cfr. Caso Aloeboetoe y otros Vs. Surinam. Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de septiembre de
1993. Serie C No. 15, párr. 44; Caso DaCosta Cadogan, supra nota 9, párr. 94, y Caso Garibaldi, supra nota 11,
párr. 150.
154
Cfr. Caso Velásquez Rodríguez, supra nota 152, párrs. 25 a 27; Caso DaCosta Cadogan, supra nota 9,
párr. 95, y Caso Garibaldi, supra nota 11, párr. 151.
155
Cfr. Caso de la “Panel Blanca" (Paniagua Morales y otros) Vs. Guatemala. Reparaciones y Costas.
Sentencia de 25 de mayo de 2001. Serie C No. 76, párr. 82; Caso DaCosta Cadogan, supra nota 9, párr. 97, y
Caso Garibaldi, supra nota 11, párr. 152.
156
Informe médico del Dr. Jairo Fernández de fecha 20 de octubre de 2008 (expediente de anexos al escrito
de solicitudes y argumentos, anexo 10, fs. 4932 a 4934).
157
Cfr. Caso de la “Panel Blanca" (Paniagua Morales y otros), supra nota 155, párr. 82; Caso DaCosta
Cadogan, supra nota 9, párr. 97, y Caso Garibaldi, supra nota 11, párr. 152.
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos