Sousa, pero se presentó un poder en su nombre; y que no se presentó poder o documento equivalente por las presuntas víctimas o por los familiares de Luis Ferreira da Cruz, presumiblemente víctima de desaparición forzada. ii) Presuntas víctimas sin comprobación de la representación 31. El Estado expuso que los representantes de las presuntas víctimas deben presentar poder firmado por la presunta víctima o por su familiar, el cual debe identificar plenamente la parte que otorga el mandato de representación. Además, hizo notar que si bien los representantes cumplieron con los requisitos formales exigidos por la Corte al presentar los poderes, persisten problemas que dificultan la identificación de algunos nombres y algunas presuntas víctimas que supuestamente están representadas 24. iii) Presuntas víctimas sin poder de representación 32. El Estado afirmó que la Corte ha dispensado la exigencia de prueba de representación formal de presuntas víctimas en casos particulares, pero que en el presente asunto no es aplicable ese criterio, ya que las presuntas víctimas no fueron ejecutadas ni existió desaparición forzada. Además, de los hechos no se pueden vislumbrar características especiales del grupo de presuntas víctimas que pudieran justificar la dispensa de la presentación de prueba de los poderes de representación. Asimismo, no sería razonable dispensar la exigencia de un mandato de representación ante la Corte, solo por la existencia de un amplio universo de presuntas víctimas, pues lo anterior generaría inseguridad jurídica y contrastaría con el análisis cuidadoso y equilibrado que la Corte ha hecho en casos anteriores. iv) Presuntas víctimas sin relación con los hechos del caso 33. El Estado alegó que los representantes presentaron poderes de 12 supuestos trabajadores de la Hacienda Brasil Verde25, pero no hay prueba o indicio de que hayan sido empleados en dicha hacienda, a pesar de que sus nombres consten en el Informe de Admisibilidad y Fondo y en el informe relativo a la inspección realizada por el Grupo Especial de Inspección Móvil en marzo de 2000. v) Presuntas víctimas con identidad distinta o sin debida representación de familiares 34. El Estado señaló que existen dudas e inconsistencias en cuanto a la identidad de las víctimas representadas, pues los representantes mostraron información incompleta o imprecisa y los números de identificación son contradictorios. Además, requirió a los representantes la presentación de certificados de defunción de las presuntas víctimas ya fallecidas y la acreditación del vínculo de parentesco existente entre los supuestos familiares y las presuntas víctimas fallecidas. vi) Presuntas víctimas que no fueron mencionadas en el Informe de Fondo 24 1. Firmino da Silva (supuestamente fallecido y representado por su supuesta esposa Maria da Silva Santos); Gonçalo Constancio da Silva (supuestamente fallecido y representado por su supuesta esposa Lucilene Alves da Silva), y José Cordeiro Ramos (supuestamente fallecido y representado por su esposa Elizete Mendes Lima). 25 1. Antônio Bento da Silva; 2. Antônio Francisco da Silva; 3. Carlos Ferreira Lopes; 4. Firmino da Silva; 5. Francisco das Chagas Bastos Souza; 6. Francisco das Chagas Cardoso Carvalho; 7. Francisco Fabiano Leandro; 8. Francisco Ferreira da Silva; 9. Francisco Mariano da Silva; 10. Gonçalo Firmino de Souza; 11. Raimundo Nonato da Silva, y 12. Vicentina Maria da Conceição. 12

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