5.
Requerir que el Estado de Guatemala presente a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, a más tardar el 16 de diciembre de 2024, un informe sobre el
cumplimiento de la medida de reparación relativa a “investigar, sin mayor dilación, de
forma seria y efectiva los hechos que originaron las violaciones declaradas en la presente
Sentencia, con el propósito de juzgar y, eventualmente, sancionar a los presuntos
responsables”, de conformidad con lo indicado en los Considerandos 23 a 25 de la
presente Resolución.
6.
Disponer que las representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el
punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente,
contados a partir de la recepción del informe.
7.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado
de Guatemala, a las representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala. Medidas Provisionales y
Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 2 de septiembre de 2024. Resolución adoptada en San José, Costa
Rica.
Nancy Hernández López
Presidenta
Rodrigo Mudrovitsch
Humberto A. Sierra Porto
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Ricardo C. Pérez Manrique
Verónica Gómez
Patricia Pérez Goldberg
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Nancy Hernández López
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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