7 causen daños ni hechos de violencia adicionales en la población de internos. Las requisas generalmente van acompañadas de maltrato físico y psicológico como patadas, insultos y golpes. Es recomendable la implementación de instrumentos de detectores de metales a los efectos de evitar la entrada y tráfico de armas en el recinto penitenciario; ii. la separación entre penados y procesados no se adapta a los estándares internacionales debido a que “no hay una clasificación de acuerdo al delito, a la edad, al grado de peligrosidad ni por categorías de primarios y reincidentes”. En la visita practicada el 12 de agosto del 2007 no se percibió ningún tipo de avance en este sentido. La población reclusa no está clasificada en el sentido indicado, sino que prevalece la clasificación sectorial promovida por la propia población, y basada en situaciones de compañerismo. No han podido constatar que los reclusos penados y procesados se encuentran efectivamente separados ya que no han tenido acceso a la cárcel de Yare; además, las listas y tablas presentadas por el Estado no permiten determinar si existe una separación efectiva entre los reclusos que se encuentran en las cárceles de Yare I y Yare II; iii. la cárcel de Yare se encuentra totalmente abandonada en cuanto a sus instalaciones. En la visita realizada el 5 de mayo de 2006 se pudo ver paredes rotas, aguas negras a los alrededores y condiciones deterioradas. La construcción conocida como “Yare III” debió estar terminada para el mes de noviembre de 2006; sin embargo, a esa fecha se encontraba en un estado prácticamente inicial. En la visita no oficial del 21 de octubre de 2007, que se realizó en carácter de visitante común y no de representante, se pudo observar que las condiciones físicas del recinto penitenciario son absolutamente infrahumanas y que su deterioro es notorio y de extrema gravedad, particularmente en el área de la cocina. Además no existen baños en el área de reclusión; iv. los internos manifestaron inconformidad por la poca cantidad y mala calidad de la comida suministrada; además, el servicio de agua es restringido ya que se permite el acceso a ella a todos los reclusos 60 minutos en la mañana y 60 en la tarde; v. la supervisión periódica de las condiciones de detención y el estado físico y emocional de los detenidos, con la participación de los representantes, no se ha realizado; vi. las actividades culturales, educativas y sanitarias son insuficientes, superficiales y no tendientes a solucionar de manera estructural las condiciones inhumanas y degradantes del centro penitenciario; vii. con respecto a las jornadas de salud, éstas son esporádicas y superficiales, por lo que no representan una medida estructural y sólida para garantizar el derecho a la salud de los internos y las condiciones de salubridad mínimas para el resguardo de su vida y de su integridad personal. En el espacio físico denominado “enfermería” no hay suficientes insumos para atender a los internos y hay un sólo médico para una población de aproximadamente 700 reclusos;

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