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permanecen en riesgo de daño inminente”. La Comisión Interamericana adjuntó un
escrito dirigido a ésta por la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.
21.
La nota de Secretaría de 16 de septiembre de 2010, mediante la cual, siguiendo
instrucciones del Presidente del Tribunal, se solicitó al Estado que presentara las
observaciones que estimara pertinentes a las comunicaciones de la Comisión
Interamericana de 13 y 14 de septiembre de 2010 (supra Vistos 19 y 20).
22.
La nota de Secretaría de 15 de octubre de 2010, mediante la cual, siguiendo
instrucciones del Presidente del Tribunal, se solicitó nuevamente al Estado que
presentara las observaciones que estimara pertinentes a las comunicaciones de la
Comisión Interamericana de 13 y 14 de septiembre de 2010 (supra Vistos 19, 20 y 21).
23.
La comunicación de 4 de octubre de 2010, mediante la cual la Comisión
Interamericana presentó sus observaciones al escrito del Estado de 30 de julio de 2010
(supra Vistos 17 y 18). En dicha comunicación la Comisión manifestó que:
a)
en la “solicitud de medidas provisionales los propuestos beneficiarios
manifestaron que, pese a las medidas cautelares mediante las cuales el Estado
había proporcionado medios de comunicación celular y satelital, vehículos
corrientes, apoyos de transporte, y esquemas de protección con vehículos
blindados para los miembros de la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz de
Bogotá, éstos s[iguen] siendo objeto de amenazas de muerte y desaparición,
seguimientos[ y] secuestros[;] que sus comunicaciones habrían sido interceptadas
por parte del [… DAS] y que exist[en] denuncias penales en contra de sus
integrantes sin que las autoridades les inform[en] sobre las mismas”. Esta
situación no ha cambiado con posterioridad a la solicitud de medidas
provisionales;
b)
“a través de diversas notas de mayo, junio y septiembre de 2010, […]ha
dado a conocer al [T]ribunal sobre hechos específicos que, pese a las medidas
cautelares y las acciones realizadas por el Estado en este marco, han resultado
insuficientes”;
c)
“ha informado de varias amenazas recibidas recientemente por miembros
de dicha organización (en especial a los equipos permanentes de acompañamiento
en Buenaventura y el departamento del Cauca)[,] lo cual los orilló a suspender el
trabajo en la zona[;] de las amenazas recibidas por Danilo Ruedo [sic] en Bogotá
y de los seguimientos a miembros de la organización, en general, y en específico,
al grupo que se encontraba en Caracolí, territorio de Curvaradó”. La Comisión
señaló que “[i]gualmente, […] ha informado sobre las alegadas actividades de
„inteligencia ofensivas‟ del DAS en contra de la organización, los alegados hechos
de persecución en contra de la organización, así como sobre la situación actual
que afrontan los miembros de la organización para adelantar su labor, quienes
han tenido que cambiar su forma de vida debido a la presunta situación de riesgo
constante”;
d)
“la información aportada por el Estado en relación con la implementación
de medidas de seguridad demuestra, a la luz de la multiplicidad de hechos
informados por la Comisión, que éstas no han sido suficientes para responder al
riesgo real e inminente ni han sido suficientes para proteger la vida e integridad
personal de los beneficiarios. Lo informado indica una continuidad de presuntos
hechos de amenazas, señalamientos, intimidación, seguimiento y hostigamiento,