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7.
La solicitud de la Comisión Interamericana para que la Corte, con base en los
hechos expuestos y conforme los artículos 63.2 de la Convención y 27 del Reglamento
de la Corte, ordene al Estado:
a)
lograr un control efectivo del centro penitenciario en estricto apego a los
derechos humanos de las personas privadas de libertad;
b)
identificar y dar respuesta efectiva a las causas que permiten el tráfico
de armas al interior del centro penitenciario, así como los conflictos entre
facciones criminales rivales por el control de la distribución de drogas;
c)
eliminar los altos índices de hacinamiento;
d)
asegurar el acceso de servicios de salud a personas que requieran
atención urgente, así como a personas con discapacidad mental;
e)
elaborar e implementar un plan de emergencia para los reclusos
portadores de enfermedades contagiosas y tomar medidas para evitar la
propagación de esas enfermedades;
f)
adoptar las medidas para garantizar la seguridad de los visitantes y las
demás personas que se encuentran en el complejo penitenciario, y
g)
investigar de manera diligente los hechos denunciados a fin de sancionar
a las personas responsables, incluyendo agentes penitenciarios y evitar que los
hechos narrados se repitan en el futuro.
8.
Las observaciones e informaciones presentadas por el Estado respecto de la
solicitud de la Comisión, inter alia:
a)
en el mes de octubre de 2013, el Gobierno federal, atendiendo a la
solicitud del Estado de Maranhão, envió efectivos de la Fuerza Nacional de
Seguridad Pública para auxiliar en la ejecución de las acciones desarrolladas en
el sistema penitenciario estadual, con la finalidad de preservar el orden público
y garantizar la integridad física de los involucrados;
b)
fue creado el Plan de Acción para la Pacificación de las Cárceles de São
Luís (capital del Estado de Maranhão), con una concepción de gestión de crisis
basada en un Eje de Derechos Humanos y un Eje de Seguridad, con medidas
urgentes y estructurales. El Eje de Derechos Humanos concentra acciones
enfocadas en brindar atención de forma gratuita a las personas privadas de
libertad en las áreas de salud y asistencia legal, así como en la superación de la
sobrepoblación carcelaria y aplicación de alternativas penales. Por otro lado, el
Eje de Seguridad esta centrado en la prevención y combate de crisis de
seguridad y acciones violentas que pueden atentar contra la vida y la integridad
personal de los detenidos. El Plan de Acción consiste en 11 metas urgentes y
estructurales para el sistema carcelario local: 1) creación de un Comité de
Gestión Integrada de Crisis; 2) transferencia de presos para el sistema
penitenciario federal; 3) reforzamiento en el contingente de la Fuerza Nacional
de Seguridad Pública; 4) reforzamiento de la actuación de la Polícia Rodoviária
Federal en los accesos a la capital; 5) apoyo psicológico a los agentes
penitenciarios y policiales que actúan en el Complejo de Pedrinhas; 6) creación
de la Fuerza Nacional de la Defensoría Pública; 7) fortalecimiento de la