4 7. La solicitud de la Comisión Interamericana para que la Corte, con base en los hechos expuestos y conforme los artículos 63.2 de la Convención y 27 del Reglamento de la Corte, ordene al Estado: a) lograr un control efectivo del centro penitenciario en estricto apego a los derechos humanos de las personas privadas de libertad; b) identificar y dar respuesta efectiva a las causas que permiten el tráfico de armas al interior del centro penitenciario, así como los conflictos entre facciones criminales rivales por el control de la distribución de drogas; c) eliminar los altos índices de hacinamiento; d) asegurar el acceso de servicios de salud a personas que requieran atención urgente, así como a personas con discapacidad mental; e) elaborar e implementar un plan de emergencia para los reclusos portadores de enfermedades contagiosas y tomar medidas para evitar la propagación de esas enfermedades; f) adoptar las medidas para garantizar la seguridad de los visitantes y las demás personas que se encuentran en el complejo penitenciario, y g) investigar de manera diligente los hechos denunciados a fin de sancionar a las personas responsables, incluyendo agentes penitenciarios y evitar que los hechos narrados se repitan en el futuro. 8. Las observaciones e informaciones presentadas por el Estado respecto de la solicitud de la Comisión, inter alia: a) en el mes de octubre de 2013, el Gobierno federal, atendiendo a la solicitud del Estado de Maranhão, envió efectivos de la Fuerza Nacional de Seguridad Pública para auxiliar en la ejecución de las acciones desarrolladas en el sistema penitenciario estadual, con la finalidad de preservar el orden público y garantizar la integridad física de los involucrados; b) fue creado el Plan de Acción para la Pacificación de las Cárceles de São Luís (capital del Estado de Maranhão), con una concepción de gestión de crisis basada en un Eje de Derechos Humanos y un Eje de Seguridad, con medidas urgentes y estructurales. El Eje de Derechos Humanos concentra acciones enfocadas en brindar atención de forma gratuita a las personas privadas de libertad en las áreas de salud y asistencia legal, así como en la superación de la sobrepoblación carcelaria y aplicación de alternativas penales. Por otro lado, el Eje de Seguridad esta centrado en la prevención y combate de crisis de seguridad y acciones violentas que pueden atentar contra la vida y la integridad personal de los detenidos. El Plan de Acción consiste en 11 metas urgentes y estructurales para el sistema carcelario local: 1) creación de un Comité de Gestión Integrada de Crisis; 2) transferencia de presos para el sistema penitenciario federal; 3) reforzamiento en el contingente de la Fuerza Nacional de Seguridad Pública; 4) reforzamiento de la actuación de la Polícia Rodoviária Federal en los accesos a la capital; 5) apoyo psicológico a los agentes penitenciarios y policiales que actúan en el Complejo de Pedrinhas; 6) creación de la Fuerza Nacional de la Defensoría Pública; 7) fortalecimiento de la

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