22
c.
El 29 de noviembre de 1988 el Consejo de Calificación Cinematográfica
rechazó la exhibición de la película “La Última Tentación de Cristo”, ante una
petición que le hiciera la “United International Pictures Ltda”. Dicha empresa
apeló la resolución del Consejo, pero la resolución fue confirmada por un
tribunal de apelación mediante sentencia de 14 de marzo de 1989.9
d.
El 11 de noviembre de 1996 el Consejo de Calificación Cinematográfica
revisó la prohibición de exhibición de la película “La Última Tentación de
Cristo”, ante una nueva petición de la “United International Pictures Ltda” y,
en sesión número 244, autorizó su exhibición, por mayoría de votos, para
espectadores mayores de 18 años.10
e.
Ante un recurso de protección interpuesto por los señores Sergio
García Valdés, Vicente Torres Irarrázabal, Francisco Javier Donoso Barriga,
Matías Pérez Cruz, Jorge Reyes Zapata, Cristian Heerwagen Guzmán y Joel
González Castillo, por y a nombre de Jesucristo, la Iglesia Católica y por sí
mismos, el 20 de enero de 1997 la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el
recurso de protección y dejó sin efecto la resolución administrativa del
Consejo de Calificación Cinematográfica adoptada en sesión número 244 el 11
de noviembre de 1996.11
f.
Ante una apelación interpuesta por los señores Claudio Márquez Vidal,
Alex Muñoz Wilson, Matías Insunza Tagle y Hernán Aguirre Fuentes a la
sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de 20 de enero de 1997, el
17 de junio del mismo año la Corte Suprema de Justicia de Chile confirmó la
sentencia apelada.12
9
cfr. anexo II: copia de la sentencia de 20 de enero de 1997 dictada por la Corte de Apelaciones
de Santiago, mediante la cual se acoge el recurso de protección interpuesto por los señores Sergio García
Valdés, Vicente Torres Irarrázabal, Francisco Javier Donoso Barriga, Matías Pérez Cruz, Jorge Reyes
Zapata, Cristian Heerwagen Guzmán y Joel González Castillo, en nombre de Jesucristo, la Iglesia Católica
y por sí mismos, y se deja sin efecto la resolución administrativa del Consejo de Calificación
Cinematográfica adoptada el 11 de noviembre de 1996; y anexo III: copia de la sentencia de 17 de junio
de 1997 dictada por la Corte Suprema de Justicia de Chile, mediante la cual confirma la sentencia de 20
de enero de 1997 dictada por la Corte de Apelaciones que fue apelada.
10
cfr. anexo I: copia del documento de calificación emitido por el Consejo de Calificación
Cinematográfica el 11 de noviembre de 1996, mediante el cual se informa que dicho Consejo revisó la
película La Última Tentación de Cristo y que la aprobó solo para mayores de 18 años; anexo II: copia de
la sentencia de 20 de enero de 1997 dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante la cual se
acoge el recurso de protección interpuesto por los señores Sergio García Valdés, Vicente Torres
Irarrázabal, Francisco Javier Donoso Barriga, Matías Pérez Cruz, Jorge Reyes Zapata, Cristian Heerwagen
Guzmán y Joel González Castillo, en nombre de Jesucristo, la Iglesia Católica y por sí mismos, y se deja
sin efecto la resolución administrativa del Consejo de Calificación Cinematográfica adoptada el 11 de
noviembre de 1996; y anexo III: copia de la sentencia de 17 de junio de 1997 dictada por la Corte
Suprema de Justicia de Chile, mediante la cual confirma la sentencia de 20 de enero de 1997 dictada por
la Corte de Apelaciones que fue apelada.
11
cfr. anexo II: copia de la sentencia de 20 de enero de 1997 dictada por la Corte de Apelaciones
de Santiago, mediante la cual se acoge el recurso de protección interpuesto por los señores Sergio García
Valdés, Vicente Torres Irarrázabal, Francisco Javier Donoso Barriga, Matías Pérez Cruz, Jorge Reyes
Zapata, Cristian Heerwagen Guzmán y Joel González Castillo, en nombre de Jesucristo, la Iglesia Católica
y por sí mismos, y se deja sin efecto la resolución administrativa del Consejo de Calificación
Cinematográfica adoptada el 11 de noviembre de 1996.
12
cfr. anexo III: copia de la sentencia de 17 de junio de 1997 dictada por la Corte Suprema de
Justicia de Chile, mediante la cual confirma la sentencia de 20 de enero de 1997 dictada por la Corte de
Apelaciones que fue apelada.