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investigación que se adelanta por el presunto delito de desplazamiento forzado del que fue víctima la
señora Myriam Eugenia Rúa Figueroa. Indica que entre las pruebas practicadas constan la orden de
trabajo al CTI con el fin de verificar la información suministrada por la afectada; solicitud de ubicación de
procesos que correspondan a otras denuncias formuladas; obtención de antecedentes de los imputados;
y la diligencia de declaración de la señora Rúa, entre otros. Esta investigación se encuentra en etapa de
instrucción y goza de reserva. El Estado indica que aunque se ha hecho lo materialmente posible, hasta
el momento no se ha podido tan siquiera individualizar a un posible autor o partícipe, encontrándose a
la fecha pendientes de una misión de trabajo encomendada al CTI de Medellín. La CIDH confirma que si
bien los familiares de las víctimas cuentan con la posibilidad jurídica de constituirse como parte civil, no
han ejercido dicha facultad por decisión de ellos mismos, y no por un hecho atribuible al Estado.
87.
Asimismo, el Estado indica que la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos
remitió copias a la autoridad disciplinaria competente para que si lo consideraba pertinente, iniciara
investigaciones. En cuanto al delito de amenaza, el Estado indica que su investigación es de gran
complejidad por el anonimato con que actúan los delincuentes y dado que la supuesta víctima se enteró
por rumores, lo cual hace difícil encontrar pistas que lleven a la individualización de los autores.
88.
Resalta la complejidad de la situación de la Comuna 13 y los esfuerzos realizados por el
Estado para la recuperación de la normalidad y la plena vigencia de su autoridad. Reconoce que los
delitos de mayor impacto en la zona son homicidios, terrorismo, secuestro, extorsión y despojo de
propiedades. Alega que fue por esta situación que intensificó la actuación de la Fuerza Pública a fin de
recuperar el orden en la Comuna 13 mediante operaciones especiales las que se habrían adelantado en
estricto cumplimiento del deber de seguridad y protección.
Caso 12.596 – Alegatos Específicos – Luz Dary Ospina Bastidas y Otros
89.
En este asunto, el Estado presenta argumentos similares en relación a los hechos
vinculados con la situación de la señora Miryam Eugenia Rúa Figueroa. Considera que no es responsable
por las violaciones alegadas, y que ha adoptado medidas de prevención en favor de los habitantes de la
Comuna 13, en cumplimiento de sus deberes de protección y garantía.
90.
Señala asimismo que la Fiscalía 13 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de
Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación, adelanta
bajo el radicado No. 4017, la investigación penal vinculada con el desplazamiento forzado y las
amenazas de las que habría sido víctima la señora Luz Dary Ospina Bastidas y su familia. Informa que
entre las pruebas practicadas constan diligencias de inspección judicial, desplazamiento al lugar de los
hechos, labores de inteligencia en el sector, ubicación de la víctima, diligencia de ampliación de
denuncia de la señora Ospina, diligencias de declaración juramentada, y asignación de misiones de
trabajo al CTI, entre otras. En relación a la investigación que se adelanta, indica el Estado que la Fiscalía
no ha escatimado esfuerzos en efectuar labores investigativas tendientes a judicializar a los
responsables de estos hechos. Sobre el particular, destaca que en el marco de esta investigación se
logró vincular al señor Horacio Vedoya Vergara, quien se acogió a la figura jurídica de sentencia
anticipada, siendo condenado por el Juzgado 27 Penal del Circuito de Medellín, a cincuenta (50) meses
de prisión por los delitos de desplazamiento forzado e invasión de tierras o edificaciones, el pasado 29
de junio de 2011. De la misma manera, indica la Fiscalía que se están practicando labores investigativas
por parte de integrantes adscritos al Grupo de Derechos Humanos con sede en Medellín, incluyendo
diligencias testimoniales, con el propósito de allegar información que permita establecer la
identificación de los demás autores y/o partícipes en el presente asunto.