8 i. ii. iii. iv. v. En el año 2014 se realizaron 15 operativos de revisión en el Complejo de Curado, los cuales consistieron en barridos en los pabellones y las celdas del Complejo en busca de armas, drogas, entre otros; En enero de 2015 fue instalado el servicio de video monitoreo dentro del Complejo de Curado; De enero a marzo de 2015 fueron incautados en Curado, entre otros, 10 kg de marihuana, 1.38 kg de crack; 12 psicoactivos; 10 litros de bebidas alcohólicas industrializadas; 3 litros de bebidas alcohólicas artesanales; 623 cuchillos; 566 lanzas; 1 arma de fuego; 297 aparatos celulares; 36 chips para celular; y 269 cargadores de aparatos celulares; De mayo a junio de 2015 fueron aprehendidos, entre otros, 76 machetes (facões) industrializados; 136 cuchillos (facas) industrializadas; 19 machetes (facões) artesanales; 103 cuchillos (facas) artesanales; 24 hoces artesanales; 150 aparatos celulares; 157 cargadores de celular; 614 litros de cachaça artesanal; 41 litros de pegamento para zapatos; 6 balanzas de precisión; 23 barrotes de madera; 260g de marihuana; 93 pastillas de psicotrópicos; 16 barras de fierro, y 3 puñales; Fueron instalados un alambrado más alto y mallas de protección para evitar el lanzamiento de objetos adentro del Complejo. Asimismo, el Estado incremento la regularidad de las revisiones de celdas y detenidos. 18. Los representantes expresaron su preocupación por las más de 1,000 armas decomisadas dentro del Complejo de Curado en el año de 2015, incluyendo machetes, cuchillos y hoces. Según los representantes, hasta los “chaveiros” usan machetes en la cintura durante sus rondas. Habría un comercio establecido de armas dentro del Complejo de Curado, donde se vendería un cuchillo por R$ 300,00 (trecientos reales) y una pistola por R$ 10.000,00 (diez mil reales). Solicitaron que el Estado investigue el comercio de armas dentro de Curado y la complicidad de funcionarios. 19. La Comisión señaló la necesidad de un control efectivo de la entrada y comercio de armas dentro del Complejo a través de investigaciones realizadas por autoridades estatales independientes, en particular sobre la complicidad de agentes penitenciarios. 20. En su Resolución de 22 de mayo de 2014 la Corte destacó que el Estado debía asegurar que las requisas fueran realizadas correcta y periódicamente, destinadas a la prevención de la violencia y la eliminación del riesgo, en función de un adecuado y efectivo control al interior de los pabellones por parte de la guardia penitenciaria, y que los resultados de estas requisas fueran debida y oportunamente comunicados a las autoridades competentes 10. Al respecto, el Estado ha informado sobre los resultados de las requisas realizadas y sobre algunas medidas tomadas para evitar la entrada de armas, otros objetos ilegales y drogas al Complejo Penitenciario de Curado. Pero la propia información aportada por el Estado demuestra la completa falta de eficacia de las medidas adoptadas hasta el 10 Cfr. Asunto de las Penitenciarías de Mendoza. Medidas Provisionales respecto de Argentina. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 26 de noviembre de 2010, Considerando quincuagésimo segundo, y Asunto del Complejo Penitenciario de Curado respecto de Brasil. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de mayo de 2014, Considerando 16.

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