CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO VÉLEZ LOOR VS. PANAMÁ SENTENCIA DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2010 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso Vélez Loor, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante ―la Corte Interamericana‖, ―la Corte‖ o ―el Tribunal‖), integrada por los siguientes jueces: Diego García-Sayán, Presidente; Leonardo A. Franco, Vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Margarette May Macaulay, Jueza; Rhadys Abreu Blondet, Jueza; Alberto Pérez Pérez, Juez, y Eduardo Vio Grossi, Juez; presentes, además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta, de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante ―la Convención‖ o ―la Convención Americana‖) y con los artículos 30, 32, 38.6, 56.2, 58, 59 y 61 del Reglamento de la Corte 1 (en adelante ―el Reglamento‖), dicta la presente Sentencia que se estructura en el siguiente orden: 1 Conforme a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Reglamento de la Corte Interamericana que entró en vigor el 1 de enero de 2010, ―[l]os casos contenciosos que ya se hubiesen sometido a la consideración de la Corte antes del 1 de enero de 2010 se continuarán tramitando, hasta que se emita sentencia, conforme al Reglamento anterior‖. De ese modo, el Reglamento de la Corte aplicado en el presente caso corresponde al instrumento aprobado por el Tribunal en su XLIX Período Ordinario de Sesiones celebrado del 16 al 25 de noviembre de 2000, reformado parcialmente por la Corte en su LXXXII Período Ordinario de Sesiones, celebrado del 19 al 31 de enero de 2009, y que estuvo en vigor desde el 24 de marzo de 2009 hasta el 1 de enero de 2010.

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