3 otros aspectos relacionados con el caso”, por considerar que esta formulación es indefinida, de lo que resulta una indeterminación del contenido de las declaraciones, lo que a su vez violaría el debido proceso, imposibilitando la preparación de la defensa del Estado respecto de ese punto. Por lo anterior, solicitó la exclusión de esas expresiones. 11. La Presidencia coincide con el Estado en el sentido de que las expresiones “entre otros aspectos relevantes para el caso” y “entre otros aspectos relacionados con el caso” son indefinidos y pueden ocasionar una falta de determinación del contenido específico de las declaraciones1. En este sentido, la Presidenta decide admitir las declaraciones de la presunta víctima, testigo y peritas ofrecidas por los representantes y realizará las precisiones correspondientes al delimitar su objeto. El objeto y modalidad de las referidas declaraciones serán determinados en la parte resolutiva de la presente Resolución, tomando en consideración la observación del Estado sobre el objeto de las mismas. (infra puntos resolutivos 3 y 4). A.2 Objeciones del Estado a la declaración testimonial de Luiz Couto 12. Los representantes ofrecieron la declaración testimonial de Luiz Couto2, quien fue diputado estadual de Paraíba en la misma legislatura de la que hizo parte el diputado señalado como lo responsable de la muerte de Márcia Barbosa de Souza, por lo que declararía respecto de las sesiones de la Comisión de Ética y de las sesiones plenarias que no habrían autorizado la iniciación del proceso penal en su contra. 13. En sus observaciones a la lista definitiva de declarantes presentada por los representantes, el Estado objetó: i) la parte final del objeto de la declaración del señor Couto, que consiste en “entre otros aspectos de relevancia para el caso”, y ii) la segunda parte del objeto de la declaración del testigo en cuestión, incluye la afirmación de que “fue diputado estatal en la misma legislatura que el principal acusado, estuvo presente en las sesiones de la Comisión de Ética y las sesiones plenarias que no autorizaron la iniciación del proceso judicial”. 14. En relación con la primera objeción, la Presidencia reitera su entendimiento expresado en el acápite anterior, en el sentido de que la parte impugnada del objeto de la declaración puede ocasionar una falta de determinación del contenido específico de la misma, así que lo tomará en consideración para delimitar el objeto de la referida declaración. 15. En cuanto a la segunda objeción, el Estado señaló que la parte impugnada permitiría al testigo abordar cuestiones técnicas relativas al proceso legislativo estatal y al procedimiento vigente a la época en las comisiones y sesiones plenarias que no autorizaron el inicio del proceso judicial, lo que podría convertir su narración de los hechos en prueba técnica. Además, manifestó que la parte objetada de la declaración no contendría, “en sí misma, ningún objeto de declaración, sino la información de que el declarante fue diputado estatal a la misma época que el responsable, siendo, por este motivo, cuestionable y temerario. Lo que se quiere decir es que el solo hecho de que el declarante fue diputado estatal no puede resultar Cfr. Caso Cosme Rosa Genoveva y Otros (Favela Nova Brasilia) Vs. Brasil. Convocatoria a audiencia. Resolución del Presidente en ejercicio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 agosto de 2016, párr. 13. 2 El objeto de la declaración testimonial del señor Luiz Couto propuesto por los representantes fue lo siguiente: “i. acompañamiento a la familia en su búsqueda por justicia y en el intento de que fuera posible la determinación, por parte de la casa legislativa, de la concesión del permiso para que se iniciara la acción penal en contra del principal responsable por la muerte de Márcia Barbosa; ii. fue diputado estatal en la misma legislatura que el principal acusado, estuvo presente en las sesiones de la Comisión de Ética y las sesiones plenarias que no autorizaron la iniciación del proceso judicial; iii. Entre otros aspectos relevantes para el caso”. 1

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