33 94. El acto de juicio oral inició el 9 de noviembre de 2005 ante el Tribunal Séptimo de Primera Instancia y, tras sucesivas suspensiones, culminó el 9 de abril de 2006 142. El Tribunal decidió condenar a Luis Antonio Carrera Almoina por los delitos de privación ilegítima de libertad y lesiones personales gravísimas; y lo absolvió respecto de los delitos de violación y obstaculización de una actuación judicial mediante fraude. La condena impuesta fue de seis años y un mes de privación de libertad. El Tribunal también absolvió al padre y a la empleada de la universidad143. 95. El 22 de mayo de 2006 el Tribunal Séptimo dictó la respectiva sentencia con los fundamentos que motivaron tal decisión144. En cuanto a los fundamentos de hecho y de derecho de la decisión judicial, el Tribunal cambió la calificación jurídica de delito de homicidio en grado de frustración por el de lesiones personales gravísimas previsto en el artículo 416 del Código Penal entonces vigente. En cuanto al delito de violación, el Tribunal tuvo nuevamente en cuenta la declaración de los expertos forenses y concluyó que éstos sólo acreditaban las lesiones identificadas en los exámenes ginecológicos, pero no demostraban la autoría de las mismas. De esta forma, consideró que no era posible imputarle responsabilidad penal al acusado por cuanto “no esta[ba] corroborado por testigos ni expertos la consumación de tal delito, [y no existía] ningún elemento ya sea médico o legal que [hiciera] presumir [su] consumación” 145. Finalmente, el Tribunal absolvió a los demás imputados en el proceso146. 96. La sentencia fue apelada por el Ministerio Público y el abogado de Linda Loaiza López Soto. El 19 de diciembre de 2006 la Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar los recursos. El 16 de marzo de 2007 el abogado de Linda Loaiza López Soto interpuso recurso de casación en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones 147. El 11 de mayo de 2007 la Sala de Casación Penal Accidental del TSJ declaró sin lugar el recurso de casación 148. 97. El 6 y 7 de noviembre de 2006 Linda Loaiza López y su abogado fueron notificados de que se había iniciado un procedimiento disciplinario contra una de las juezas denunciadas que dictó la sentencia absolutoria. Sin embargo, la Inspectoría General de Tribunales decidió posteriormente el archivo de la causa149. E.6 Cumplimiento de la condena impuesta 98. El 8 de mayo de 2008 el Tribunal Sexto de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas declaró cumplida la pena de presidio impuesta a Luis Antonio Carrera Almoina en la sentencia de 22 de mayo de 2006. Adicionalmente, le fue impuesta una pena accesoria de “sujeción de vigilancia de la Cfr. Acta de Juicio Oral y Público del Tribunal Séptimo de primera instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas de 9 de noviembre de 2006 (expediente de prueba, tomo IX, anexo 3 al informe de fondo, folios 5537 a 5692). 142 Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal Séptimo de primera instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas el 22 de mayo de 2006 (expediente de prueba, tomo X, anexo 6 al informe de fondo, folios 6282 a 6284). 143 Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal Séptimo de primera instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas el 22 de mayo de 2006 (expediente de prueba, tomo X, anexo 6 al informe de fondo, folios 6102 a 6284). 144 Sentencia emitida por el Tribunal Séptimo de primera instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas el 22 de mayo de 2006 (expediente de prueba, tomo X, anexo 6 al informe de fondo, folios 6274 a 6275). 145 Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal Séptimo de primera instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas el 22 de mayo de 2006 (expediente de prueba, tomo X, anexo 6 al informe de fondo, folios 6275 a 6284). 146 Cfr. Actuaciones citadas por el Estado en su escrito de observaciones de 22 de octubre de 2014 (expediente de trámite ante la Comisión, tomo II, folios 917 a 918). 147 Cfr. Decisión emitida por la Sala de Casación Penal Accidental del Tribunal Supremo de Justicia el 11 de mayo de 2007 (expediente de prueba, tomo XI, anexo 95 al informe de fondo, folios 7675 a 7688). 148 Cfr. Presentación realizada por el Dr. Juan Bernardo Delgado ante la Inspectoría General de Tribunales el 10 de noviembre de 2006 (expediente de prueba, tomo XI, anexo 78 al informe de fondo, folio 7266). 149

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