13. La señora Chancay sostuvo que vio cuando el auto salió de su domicilio y que avanzó unos 200 metros
aproximadamente cuando dio una vuelta en “U”. Agregó que al regresar el señor Huacón le dijo “negra, pásame los
documentos”. La señora Chancay explicó que vio a un patrullero de la Comisión de Tránsito del Guayas, quien estaba
realizando una inspección a varios vehículos8.
14. En relación con lo sucedido posteriormente con el vehículo donde se encontraban Walter Huacón y Mercedes
Salazar, la CIDH toma nota de las distintas versiones que surgen del expediente.
15. Por un lado, la señora Chancay manifestó lo siguiente:
[O]bservé y escuché que vigilantes de tránsito sacaron el arma y dispararon, mientras mi esposo continuaba circulando
en contra vía, instante en que aparecieron dos motos de la Policía Nacional. [C]onductores [sic] vestían de uniforme negro
plomo, quienes (...) estaban realizando los disparos optaron por sacar también el arma y continuar disparando
directamente al taxi siguiéndolo también a este en contravía9.
16. Deisy Trinidad Delgado Vergara, vecina de la señora Chancay, manifestó lo siguiente:
En ese momento escuché varias detonaciones de arma de fuego que venían de la esquina, así como también escuché el
ruido de un vehículo que llegaba al sector, percatándome que se trataba de un taxi de un vecino, este vehículo se
encontraba siendo perseguido por un patrullero (...) y dos motos que iban conducidas por miembros de la Policía
Nacional10.
17. Por otro lado, la CIDH toma nota de un informe policial de investigación que recaba las declaraciones de tres
agentes de la Policía Nacional involucrados en los hechos. En dicho informe se señala que se observó la maniobra
vehicular en contravía realizada por Walter Huacón. Se indica que los dos miembros de la patrulla de la Comisión de
Tránsito del Guayas - CTG (Pedro Espinoza y Bolívar Ramírez) comenzaron a perseguir el vehículo con las sirenas y
luces prendidas11. Conforme a otras declaraciones de los agentes policiales, el señor Huacón hizo caso omiso a la orden
para que detenga el vehículo12.
18. De acuerdo al agente de la Policía Nacional Carlos Mosquera, éste se encontraba en una motocicleta junto con el
agente José Carbo cuando presenció lo sucedido y decidió sumarse a la persecución. El agente Mosquera explicó lo
siguiente:
[C]uando observamos que en el otro carril [un] patrullero de la COMISION DE TRANSITO DEL GUAYAS, perseguía a un
vehículo (...) taxi, invadiendo vía, al vehículo de la C.T.G. hacía sonar la sirena a gran velocidad, por lo cual nos cambiamos
de carril para tratar de colaborar con los Vigilantes de Transito (…).
[R]ealicé disparos al aire con la finalidad de amedrentar (...) del taxi, aclarando que los disparos que efectué fueron al aire
tomando incluso además en consideración (...) que el patrullero de la CTG se encontraba delante de nosotros y no tenía
yo la visibilidad suficiente para tener contacto directo con el objetivo, los ocupantes del taxi viraron hacia el lado izquierdo
y una cuadra más adelante se detuvo (...) por lo cual nos detuvimos nosotros también a una distancia de seis metros
aproximadamente con relación al taxi en mención (…)13.
19. Asimismo, conforme a la declaración del agente de la Policía Nacional Carlos Torres, éste se encontraba en una
motocicleta junto con el agente Víctor Moya cuando presenció lo sucedido y decidió sumarse a la persecución. El
agente Torres explicó lo siguiente:
8
Anexo 1. Declaración de Mery del Pilar Chancay Quimis ante la Policía Nacional del Ecuador, 3 de abril 1997. Anexo adjunto a la petición inicial
de la parte peticionaria de 15 de octubre de 2002.
9
Anexo 1. Declaración de Mery del Pilar Chancay Quimis ante la Policía Nacional del Ecuador, 3 de abril 1997. Anexo adjunto a la petición inicial
de la parte peticionaria de 15 de octubre de 2002.
10
Anexo 1. Declaración de Deisy Trinidad Delgado Vergara ante la Policía Nacional del Ecuador, 3 de abril de 1997. Anexo adjunto a la petición
inicial de la parte peticionaria de 15 de octubre de 2002.
11
Anexo 1. Informe policial de la Oficina Provincial revisado por el Jefe Brigada de Delitos contra las Personas, 3 de abril de 1997. Anexo adjunto a
la petición inicial de la parte peticionaria de 15 de octubre de 2002.
12
Anexo 1. Sentencia del Juzgado Segundo del IV Distrito de la Policía Nacional, 16 de marzo de 2000. Anexo adjunto a la petición inicial de la parte
peticionaria de 15 de octubre de 2002.
13
Anexo 1. Declaración de Carlos Rolando Mosquera Cachaguay ante la Policía Nacional del Ecuador, 2 de abril de 1997. Anexo adjunto a la petición
inicial de la parte peticionaria de 15 de octubre de 2002.
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