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Además de lo anterior, el Estado señaló que, a partir de la recuperación de la democracia
en 1990, ha llevado a cabo un conjunto de iniciativas en materia de justicia transicional en diversos
ámbitos (derecho a la verdad, la justicia, la memoria y la debida reparación a las víctimas de
violaciones a los derechos humanos), con el convencimiento de que tales acciones constituyen una
medida de no repetición para que nunca más en Chile el Estado vuelva a vulnerar los derechos
humanos de manera sistemática, masiva e institucionalizada como ocurrió entre 1973-1990. El
Estado hizo un recuento de los principales hitos que resumen su esfuerzo institucional en la materia
desde 199013. En consecuencia, solicitó que se reconozca: que ha realizado avances sustanciales
en esa materia; que en el último tiempo la jurisprudencia de los tribunales nacionales ha variado
sustancialmente, por lo cual hoy día existe una acción judicial adecuada; y que adoptó medidas
administrativas destinadas a adecuar las prácticas judiciales chilenas a los estándares
internacionales referidos. Con base en lo anterior, el Estado solicitó que las reparaciones que en
definitiva se otorguen sean establecidas únicamente con relación a los hechos respecto de los cuales
reconoció responsabilidad y dentro de los estándares propios del derecho internacional de los
derechos humanos. En sus alegatos finales, el Estado hizo una serie de precisiones y modificó su
posición inicial (infra párrs. 111 y 115).
El Estado se refirió a políticas públicas que han respondido a la necesidad de buscar la verdad sobre las violaciones a los derechos
humanos durante la dictadura: - la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR, conocida como "Comisión Rettig"), establecida en abril
de 1990 y que concluyó sus labores en febrero de 1991, que calificó a 2.279 víctimas de desaparición forzada y ejecutadas de 3.550 denuncias
recibidas. - Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) creada en febrero de 1992 con el propósito de coordinar, ejecutar y
promover las recomendaciones propuestas por la CNVR, así como revisar los casos que ésta no pudo considerar debido a falta de antecedentes
o que no fueron presentados a la instancia, dando cuenta en su informe de 899 víctimas. - Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura
("Comisión Valech" o "Comisión Valech I"), creada el 2003 mediante el DS 1.040 y que tuvo por mandato determinar las personas que sufrieron
privación de libertad y torturas por razones políticas, por actos de agentes del Estado o de personas a su servicio, en el período comprendido
entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990 (existe actualmente un proyecto de ley que busca garantizar el acceso a la
información recabada por la comisión "Valech I" para los tribunales de justicia). - Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos
Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura (conocida como Comisión Valech II), creada por ley en diciembre de
2009, para recibir nuevos testimonios y antecedentes acerca de personas detenidas desaparecidas, ejecutadas políticas y víctimas de prisión
política y tortura que no habían sido reconocidas en las comisiones anteriores, dando cuenta en su informe final de 2011 de 30 nuevos casos
calificados de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos y 9.795 prisioneros políticos y torturados (la Ley Nº20.405 extendió los beneficios
reparatorios a los familiares de las víctimas calificadas y la Ley Nº 20.874 determinó la creación de un Aporte Único Reparatorio para calificados
Valech y sus cónyuges sobrevivientes, que permite a las víctimas de prisión política y tortura solicitar al Instituto de Previsión Social (IPS) el pago
de un aporte único de carácter reparatorio).
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En materia de justicia, señaló: - el Programa Continuación Ley 19.123 (Programa de Derechos Humanos), creado en junio de 1997 para prestar
asesoría legal y social a los familiares de las víctimas calificadas por la CNVR y la CNRR, el cual, con la creación de la Subsecretaría de Derechos
Humanos (SDH), dicho Programa (hoy, Unidad Programa de Derechos Humanos - UPDDHH) se trasladó desde el MINSP al Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos (MINJUDH). - La Mesa Interinstitucional para auxiliar a la justicia en la búsqueda de víctimas de desaparición forzada
funciona desde 2016. - La Mesa Interinstitucional de Patio 29 funciona desde octubre de 2015. - unidades o departamentos de derechos
humanos, parte del Poder Ejecutivo, que ejecutan órdenes judiciales de investigación. - En los últimos 28 años, el Poder Judicial ha incorporado
estándares de derechos humanos en sus sentencias sobre las causas de la dictadura. - Respecto de colaboración internacional en materia judicial,
las Repúblicas de Chile y Argentina, Brasil y Uruguay celebraron en 2014 un Memorándum de Entendimiento para el intercambio de
documentación y archivos relativos a graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en las dictaduras militares de la región; en el marco
de la Reunión de Altas Autoridades de Derechos Humanos del MERCOSUR (RAADH), se aprobó el MOU entre los países del MERCOSUR y los
países asociados
En materia de reparaciones, Chile ha desarrollado una política de reparación integral, mediante diversas compensaciones materiales e
inmateriales: la Ley Nº19.123, y su modificatoria Ley Nº19.980, que estableció beneficios en favor de los familiares de las víctimas calificadas
por la CNVR y la CNRR, extendidos a los casos calificados por la Comisión Valech II (pensión de reparación para familiares; bono de reparación
destinado a hijos/as de víctimas mayores de 25 años que no hubiesen accedido al beneficio de pensión; 200 bonificaciones compensatorias para
familiares no contemplados en la normativa, situaciones particulares de causantes de pensión pero sin beneficiarios, convivientes, entre otros
casos; beneficios educacionales y médicos; exención del cumplimiento obligatorio del servicio militar para hijos/as de víctimas; y creación del
PRAIS, bajo dependencia del Ministerio de Salud, para asistencia gratuita en salud a las víctimas y familiares). Se dictó la Ley Nº20.377 sobre
Declaración de Ausencia por desaparición forzada. Por último, a través de la UPDDHH, se brinda apoyo psicosocial a los familiares de las víctimas.
En cuanto a reparación simbólica, señaló que, hasta el 2002, las manifestaciones de parte del Estado habían sido aisladas (construcción del
Memorial del Detenido Desaparecido y Ejecutado Político del Cementerio General (1994), Monumento a Salvador Allende (2000), Parque por la
Paz Villa Grimaldi (1997), Monumento Histórico Nacional Hornos de Lonquén (1996), entre otros). Luego, acogiendo demandas de familiares y
las recomendaciones de la CNVR, la UPDDHH destina parte de su presupuesto a la construcción de memoriales, mantención de sitios históricos
de memoria y otras formas de reparación simbólica. Además, se han adoptado medidas para promover la memoria histórica (a partir de 2014
la Mesa Interinstitucional de Memoria; en 2010 fue inaugurado el Museo de la Memoria y los DDHH y en 2006 fue instituido el día 30 de agosto
como el Día Nacional del Detenido Desaparecido).