Toda persona tiene el derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley, en general, desde el momento de la concepción 310. 205. Esta propuesta fue revisada por el relator de la Comisión, quien reiteró su opinión disidente y propuso la eliminación de la formulación "en general, desde el momento de la concepción", a fin de evitar toda posibilidad de conflicto con el inciso 1.° del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que establece este derecho únicamente en forma general 311. Sin embargo, la Comisión estimó que “por razones de principio era fundamental consagrar la protección del derecho a la vida en la forma como lo había recomendado al Consejo de la Organización de Estados Americanos en su dictamen (primera parte)” 312. Por tanto, decidió mantener sin cambios el texto del artículo 2.1 de la propuesta. 206. En la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, realizada del 7 al 22 de noviembre de 1969, que aprobó la Convención Americana, las delegaciones de la República Dominicana y de Brasil presentaron enmiendas separadas de eliminación de la expresión "en general, desde el momento de la concepción" 313. 207. La delegación de la República Dominicana consideró respecto al texto del derecho a la vida (artículo 3) que “se fortalecerían los conceptos universales de los derechos humanos si el texto interamericano fuera igual al que se adoptó en las Naciones Unidas, en el Artículo 6(1) del pacto” 314. 208. La delegación de Brasil justificó su propuesta de eliminación considerando que “[e]sta cláusula final es vaga y por eso no tendrá eficacia para impedir que los Estados Partes en la futura convención incluyan en sus leyes internas los más variados casos de aborto” 315. Alegó que “[d]icha cláusula pod[ía] provocar dudas que dificultar[ían] no sólo la aceptación de este artículo, como su aplicación, si prevaleciera [esta] redacción” 316, y concluyó que “[m]ejor ser[ía] así que [fuera] eliminada la cláusula `en general desde el momento de la concepción´, pues e[ra] materia que deb[ía] ser dejada a la legislación de cada país” 317. Primera parte”, OEA/Ser.L/V/II.15/doc.26, en: Anuario Interamericano de Derechos Humanos 1968, OEA, Washington D.C., 1973, pág. 320. 310 Cfr. Anuario Interamericano de Derechos Humanos 1968, OEA, Washington D.C., 1973, pág. 321. 311 Anuario Interamericano de Derechos Humanos 1968, OEA, Washington D.C., 1973, pág. 98. 312 Anuario Interamericano de Derechos Humanos 1968, OEA, Washington D.C., 1973, pág. 98. 313 Cfr. “Observaciones y Comentarios al Proyecto de Convención sobre Protección de Derechos Humanos presentados por el Gobierno de La República Dominicana, junio 20, 1969”, y “Observaciones y Enmiendas al Proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos presentadas por el Gobierno del Brasil, 10 de noviembre de 1969”, en: Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, San José, Costa Rica, 7-22 de noviembre de 1969, Actas y Documentos, Secretaria General, OEA, Washington, D.C., OEA/Ser.K/XVI/1.2, págs. 50 ss., y 121 ss. 314 Cfr. “Observaciones y Comentarios al Proyecto de Convención sobre Protección de Derechos Humanos presentados por el Gobierno de La República Dominicana, junio 20, 1969”, pág. 57. 315 Cfr. “Observaciones y Enmiendas al Proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos presentadas por el Gobierno del Brasil, 10 de noviembre de 1969”, en: Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, San José, Costa Rica, 7-22 de noviembre de 1969, Actas y Documentos, pág. 121. 316 Cfr. “Observaciones y Enmiendas al Proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos presentadas por el Gobierno del Brasil, 10 de noviembre de 1969”, pág. 121. 317 Cfr. “Observaciones y Enmiendas al Proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos presentadas por el Gobierno del Brasil, 10 de noviembre de 1969”, pág. 121.

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos