10 Miguel Gudiel Álvarez (víctima del caso 12.590 “Diario Militar”, actualmente ante la Corte 26 Interamericana ). a. La labor comunitaria de Florentín Gudiel durante el conflicto y la salida de la familia Gudiel Álvarez a México 48. La información disponible indica que Florentín Gudiel Ramos realizó varias actividades de carácter comunitario en beneficio de la educación y vivienda de los habitantes del municipio de Santa Lucía antes y durante algunos años del conflicto armado. Así, según varios testimonios fue catequista de la Parroquia de Santa María Cotzumalguapa, desde la cual fue promotor en los años setenta de la 27 Cooperativa de Ahorro y Crédito “Horizontes” y ejecutó un proyecto de dignificación de viviendas en las 28 comunidades El Naranjo y Las Playas . 49. Según sus familiares, durante el conflicto armado Florentín Gudiel tuvo conocimiento de 29 ataques y hostigamientos en contra de practicantes de la parroquia donde se congregaba . Algunos de los atentados relatados por familiares de Gudiel son coincidentes con las conclusiones de la CEH, tales como las amenazas que eran pintadas en las paredes de la Parroquia suscritas por el autodenominado Ejército Secreto Anticomunista (ESA) y el asesinato del padre belga Voordeckers de la Parroquia de Santa Lucía, el cual fue calificado por la CEH como representativo de las represalias sufridas por 30 agentes pastorales que respaldaron la organización de los trabajadores agrícolas . Además de lo anterior, Florentín Gudiel tuvo conocimiento de una serie de hostigamientos que, según sus familiares, lo 31 colocaban en una situación de riesgo . Por tanto, Florentín Gudiel salió de Santa Lucía hacia la capital 32 en búsqueda de condiciones de seguridad . 50. En tanto, el 22 de septiembre de 1983, el hijo de Florentín Gudiel, José Miguel Gudiel 33 Álvarez, miembro de la Organización del Pueblo en Armas (ORPA) , fue desaparecido por agentes de 26 CIDH, Caso 12.590 José Miguel Gudiel Álvarez y otros, Diario Militar. Nota de remisión e Informe de Fondo del Caso, 18 de febrero de 2011. Disponible en: http://www.cidh.oas.org/demandas/12.590Esp.pdf 27 Anexo 7, Declaración de Guido Louis De Schirjver, 1 de diciembre de 2010. Ver también, Anexo 8, Testimonio escrito de Makrina Gudiel, Quién era Florentín, su origen, vida y causas de su muerte, 12 de diciembre de 2010. 28 Anexo 6, Declaración de Makrina Gudiel Alvarez ante la Fiscalía Distrital, 10 de febrero de 2005, folios 5-7. 29 Anexo 8, Testimonio de Makrina Gudiel, Quién era Florentín, su origen, vida y causas de su muerte, 12 de diciembre de 2010. Ver también Anexo en DVD 1, Declaración de Agripina Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y trasladado al Estado el 8 de marzo. Sobre la pertenencia de Gudiel a la Parroquia de Santa Lucía, véase Anexo 9, Parroquia de Santa Lucía, Carnet de familiar católico de Florentín Gudiel y Agripina A. de Gudiel. 30 Guatemala Memoria del Silencio, Anexo I, Volumen http://shr.aaas.org/guatemala/ceh/mds/spanish/anexo1/vol1/no56.html. 1, Caso ilustrativo No. 56. Disponible en: 31 A ese respecto, Makrina Gudiel indica que su padre, Florentín Gudiel, sufrió un atentado contra su vida en marzo de 1980, cuando fue impactado por una motocicleta conducida por el sobrino del alcalde del municipio. En marzo de 1982, Makrina Gudiel escuchó que la esposa de un excomisionado militar manifestaba que a Florentín Gudiel lo habían secuestrado y finalmente, uno de sus amigos habría informado a Florentín que aparecía en una de las listas de ejecución del ESA. Ante los anteriores eventos indican los familiares que Gudiel salió de Santa Lucía en búsqueda de condiciones de seguridad. Ver en este sentido, Anexo 8, Testimonio de Makrina Gudiel, Quién era Florentín, su origen, vida y causas de su muerte, 12 de diciembre de 2010. Ver también, Anexo DVD 2, Declaración de Makrina Gudiel Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y trasladado al Estado el 8 de marzo. Ver también Anexo DVD1, Declaración de Agripina Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y trasladado al Estado el 8 de marzo. 32 Anexo 6, Declaración de Makrina Gudiel ante la Fiscalía, 10 de febrero de 2005, folios 5 a 7.Ver también Anexo DVD1, Declaración de Agripina Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y trasladado al Estado el 8 de marzo de 2011. 33 De acuerdo a la CEH, la Organización del Pueblo en Armas (ORPA) fue un grupo insurgente que operó en la lucha armada durante el conflicto armado en Guatemala, el cual “daba la prioridad a la construcción de una fuerza guerrillera profesional cuyo desarrollo se quedaba en paralelo a los movimientos sociales”. En cuanto a su ideología, la CEH indica que los integrantes de la ORPA se definían como "revolucionarios guatemaltecos con una interpretación propia de la realidad guatemalteca (...) eso fue expresión de esa característica ideológica nuestra de no definirnos bajo ninguna escuela....". Ver. CEH, Guatemala: Memoria del Silencio, Capítulo II: Volumen 1. Las Estrategias de las Organizaciones Guerrilleras, párrs.767-768. Disponible en: http://shr.aaas.org/guatemala/ceh/mds/spanish/cap2/vol1/guer.html

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