10
Miguel Gudiel Álvarez (víctima del caso 12.590 “Diario Militar”, actualmente ante la Corte
26
Interamericana ).
a.
La labor comunitaria de Florentín Gudiel durante el conflicto y la salida de la
familia Gudiel Álvarez a México
48.
La información disponible indica que Florentín Gudiel Ramos realizó varias actividades
de carácter comunitario en beneficio de la educación y vivienda de los habitantes del municipio de Santa
Lucía antes y durante algunos años del conflicto armado. Así, según varios testimonios fue catequista de
la Parroquia de Santa María Cotzumalguapa, desde la cual fue promotor en los años setenta de la
27
Cooperativa de Ahorro y Crédito “Horizontes” y ejecutó un proyecto de dignificación de viviendas en las
28
comunidades El Naranjo y Las Playas .
49.
Según sus familiares, durante el conflicto armado Florentín Gudiel tuvo conocimiento de
29
ataques y hostigamientos en contra de practicantes de la parroquia donde se congregaba . Algunos de
los atentados relatados por familiares de Gudiel son coincidentes con las conclusiones de la CEH, tales
como las amenazas que eran pintadas en las paredes de la Parroquia suscritas por el autodenominado
Ejército Secreto Anticomunista (ESA) y el asesinato del padre belga Voordeckers de la Parroquia de
Santa Lucía, el cual fue calificado por la CEH como representativo de las represalias sufridas por
30
agentes pastorales que respaldaron la organización de los trabajadores agrícolas . Además de lo
anterior, Florentín Gudiel tuvo conocimiento de una serie de hostigamientos que, según sus familiares, lo
31
colocaban en una situación de riesgo . Por tanto, Florentín Gudiel salió de Santa Lucía hacia la capital
32
en búsqueda de condiciones de seguridad .
50.
En tanto, el 22 de septiembre de 1983, el hijo de Florentín Gudiel, José Miguel Gudiel
33
Álvarez, miembro de la Organización del Pueblo en Armas (ORPA) , fue desaparecido por agentes de
26
CIDH, Caso 12.590 José Miguel Gudiel Álvarez y otros, Diario Militar. Nota de remisión e Informe de Fondo del Caso,
18 de febrero de 2011. Disponible en: http://www.cidh.oas.org/demandas/12.590Esp.pdf
27
Anexo 7, Declaración de Guido Louis De Schirjver, 1 de diciembre de 2010. Ver también, Anexo 8, Testimonio escrito
de Makrina Gudiel, Quién era Florentín, su origen, vida y causas de su muerte, 12 de diciembre de 2010.
28
Anexo 6, Declaración de Makrina Gudiel Alvarez ante la Fiscalía Distrital, 10 de febrero de 2005, folios 5-7.
29
Anexo 8, Testimonio de Makrina Gudiel, Quién era Florentín, su origen, vida y causas de su muerte, 12 de diciembre
de 2010. Ver también Anexo en DVD 1, Declaración de Agripina Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y
trasladado al Estado el 8 de marzo. Sobre la pertenencia de Gudiel a la Parroquia de Santa Lucía, véase Anexo 9, Parroquia de
Santa Lucía, Carnet de familiar católico de Florentín Gudiel y Agripina A. de Gudiel.
30
Guatemala Memoria del Silencio, Anexo I, Volumen
http://shr.aaas.org/guatemala/ceh/mds/spanish/anexo1/vol1/no56.html.
1,
Caso
ilustrativo
No.
56.
Disponible
en:
31
A ese respecto, Makrina Gudiel indica que su padre, Florentín Gudiel, sufrió un atentado contra su vida en marzo de
1980, cuando fue impactado por una motocicleta conducida por el sobrino del alcalde del municipio. En marzo de 1982, Makrina
Gudiel escuchó que la esposa de un excomisionado militar manifestaba que a Florentín Gudiel lo habían secuestrado y finalmente,
uno de sus amigos habría informado a Florentín que aparecía en una de las listas de ejecución del ESA. Ante los anteriores
eventos indican los familiares que Gudiel salió de Santa Lucía en búsqueda de condiciones de seguridad. Ver en este sentido,
Anexo 8, Testimonio de Makrina Gudiel, Quién era Florentín, su origen, vida y causas de su muerte, 12 de diciembre de 2010. Ver
también, Anexo DVD 2, Declaración de Makrina Gudiel Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y trasladado al
Estado el 8 de marzo. Ver también Anexo DVD1, Declaración de Agripina Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y
trasladado al Estado el 8 de marzo.
32
Anexo 6, Declaración de Makrina Gudiel ante la Fiscalía, 10 de febrero de 2005, folios 5 a 7.Ver también Anexo DVD1,
Declaración de Agripina Álvarez, recibido por la CIDH el 14 de febrero de 2011 y trasladado al Estado el 8 de marzo de 2011.
33
De acuerdo a la CEH, la Organización del Pueblo en Armas (ORPA) fue un grupo insurgente que operó en la lucha
armada durante el conflicto armado en Guatemala, el cual “daba la prioridad a la construcción de una fuerza guerrillera profesional
cuyo desarrollo se quedaba en paralelo a los movimientos sociales”. En cuanto a su ideología, la CEH indica que los integrantes de
la ORPA se definían como "revolucionarios guatemaltecos con una interpretación propia de la realidad guatemalteca (...) eso fue
expresión de esa característica ideológica nuestra de no definirnos bajo ninguna escuela....". Ver. CEH, Guatemala: Memoria del
Silencio, Capítulo II: Volumen 1. Las Estrategias de las Organizaciones Guerrilleras, párrs.767-768. Disponible en:
http://shr.aaas.org/guatemala/ceh/mds/spanish/cap2/vol1/guer.html