investigación iniciada en diciembre de 2002 por el Fiscal Nissen sobre un vehículo supuestamente robado y que estaría a nombre del presidente del JEM43. Posteriormente, también se informó que otro miembro del JEM estaría implicado en una investigación sobre tenencia de auto robado44. D. La segunda denuncia interpuesta contra el Fiscal Nissen Pessolani 43. El 4 de abril de 2003, L.H.A. en su calidad de representante de S.D.V. y M.M.D., presentó una denuncia contra el señor Nissen Pessolani por supuesto mal desempeño de funciones en la causa No. 14069, invocando las causales previstas en los incisos b, c, g y n del artículo 14 de la Ley No. 108445. 44. El 16 de mayo de 2003, el JEM emitió el auto 12/03 por medio del cual se admitía la denuncia, daba por iniciado el segundo enjuiciamiento y solicitaba a la Corte Suprema de Justicia la suspensión preventiva del Fiscal Nissen Pessolani46. Por medio de Oficio No. 45/03 de 16 de mayo de 2003, el JEM comunicó al presidente de la Corte Suprema la suspensión preventiva del Fiscal Nissen. Dicho Oficio le fue notificado el 19 de mayo de 2003, en el mismo no se especificó que la suspensión se hacía sin goce de sueldo47. En efecto, en aplicación del auto No. 552 de la Corte Suprema, su destitución se encontraba suspendida por efecto de haber interpuesto una acción de inconstitucionalidad contra la sentencia del JEM emitida en el marco del primer proceso (supra párrs. 34 a 42). Sin embargo, el 20 de mayo de 2003, la presunta víctima recibió la notificación de la Resolución No. 1182 de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la cual se le suspendía sin goce de sueldo “hasta tanto recaiga resolución definitiva en el caso”48. 45. Ese mismo día, el señor Nissen Pessolani presentó un recurso de reconsideración en contra de la Resolución No. 1182. El 10 de junio de 2003, la Corte Suprema de Justicia, por medio de la Resolución No. 1194, revocó parcialmente su decisión anterior, disponiendo el pago de la parte básica del salario de la presunta víctima, pero no de la parte complementaria que integraba su remuneración como fiscal49. 43 Cfr. “Investigan a [G.H.] por la tenencia de auto mau”, Diario ABC de 4 de abril de 2003 (expediente de prueba, folio 2726) y “Imputan a [G.H] por la tenencia de vehículo “mau””, Diario ABC de 8 de abril de 2003 (expediente de prueba, folio 2727). Cfr. Nota periodística “Justicia define si habrá o no juicio oral y público a [C.K.]”, Diario ABC, 31 de octubre de 2003 (expediente de prueba, folio 2747). 44 45 Cfr. Escrito de denuncia presentado por L.H.A. ante el JEM el 4 de abril de 2003 (expediente de prueba, folios 47 a 64). Cfr. Auto Interlocutorio No. 12/03 emitido por el JEM de 16 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folios 2736 a 2738). 46 47 Cfr. Oficio No. 45/03 del JEM de 16 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folio 2735). Resolución No. 1182 emitida por la Corte Suprema de Justicia el 20 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folio 2740). 48 49 Cfr. Resolución No. 1194 emitida por la Corte Suprema de Justicia el 10 de junio de 2003 (expediente de prueba, folios 2742 a 2744). 15

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