41 las reglas del procedimiento ante [la Corte] y afect[ó] de manera grave el derecho de defensa y la igualdad procesal”. 130. En cuanto a la Comisión, el Comisionado Felipe González en la audiencia pública, hizo consideraciones con las que los representantes “coincidi[eron] plenamente”, manifestando que el procedimiento para la admisión de pruebas en las audiencias de la Corte Interamericana tiene una serie de pasos que […] no se han respetado por parte […] del Estado, por cuanto […] en ningún momento se planteó [el video] como parte de la prueba, ni se pudo impugnar por los representantes de las [presuntas] víctimas, ni tampoco eventualmente por la Comisión Interamericana. Por esta vía en el futuro[,] pensando no solo en este caso, se podría por cualquier parte introducir prueba adicional que no ha sido autorizada como corresponde por el Tribunal previamente. 131. El Estado en la reunión previa a la audiencia pública 90, solicitó la posibilidad de trasmitir un video durante sus alegatos finales orales, y como lo ha hecho la Corte en otros casos, ello se autorizó en el entendido de que se trataba de una ayuda visual para esos alegatos. El video efectivamente se difundió durante la audiencia pública. Debido a la controversia suscitada entre las partes y la Comisión y las objeciones de los representantes y la Comisión, en ese momento el Presidente de la Corte expresó “que el Tribunal entendía el video como parte del alegato oral del Estado, sin que eso significaba que lo estaba aceptando tácitamente como prueba”. 132. Ahora bien, la prueba debe presentarse por las partes y la Comisión en los momentos procesales pertinentes y, en caso contrario, su presentación debe ser debidamente justificada, según lo establece el artículo 57.2 del Reglamento. En lo que se refiere a la exhibición del video durante la audiencia pública, el Estado pretende incorporarlo al proceso como prueba sin justificar su presentación con base en normas reglamentarias, por lo que este Tribunal considera que ello es extemporáneo. En todo caso, el Estado no justificó que el video no pudiera haber sido realizado con anterioridad a la presentación del escrito de contestación, y este Tribunal nota que, como el mismo Estado lo afirmó, las entrevistas contenidas en el video se prepararon antes de la audiencia pública. En consecuencia, el video no puede ser admitido como prueba en el presente proceso, por lo que no se incorpora al acervo probatorio. En razón de ello, tampoco se incorporan al acervo probatorio las respuestas de la presunta víctima con base en el interrogatorio formulado por el Estado con fundamento en dicho video, y no serán tenidos en cuenta los alegatos sustentados en ello. 133. Sentencias aportadas por el Estado luego de la audiencia pública. - El Estado solicitó en la audiencia “[q]ue se le autorice depositar […diez] sentencias de distintos tribunales [internos] en materia de amparo”, y luego remitió copia de nueve sentencias a la Corte e indicó un enlace de internet para acceder a otra, el 20 de octubre de 2014. Este Tribunal ha constatado que dicha documentación fue emitida con anterioridad a la presentación de la contestación del caso, y su remisión no fue justificada por impedimentos de fuerza mayor o impedimento grave. El Estado pidió que se autorice la incorporación de esos documentos “como prueba superviniente cuyo objeto es garantizar el derecho de defensa del Estado ante un alegato nuevo de los representantes en el sentido de que la acción de amparo no fue efectiva hasta la promulgación de la Ley No. 437-03 de 2006, [el cual] se presentó en [el] escrito de observaciones a las excepciones preliminares”. La Corte nota que en su contestación el Estado argumentó la efectividad de los recursos de amparo y en esa oportunidad, para sustentar sus dichos, no presentó prueba alguna. En consecuencia, 90 Es una práctica constante del Tribunal convocar a la Comisión y a las partes a una reunión previa a la audiencia pública, a fin de abordar y aclarar aspectos procesales sobre el desarrollo de dicha audiencia.

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos