RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2010 MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ CASO WONG HO WING VISTO: 1. La Resolución del Presidente en ejercicio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos1 (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) de 24 de marzo de 2010, mediante la cual resolvió, inter alia, requerir a la República del Perú (en adelante “el Estado” o “Perú”) que se abstuviera de extraditar al señor Wong Ho Wing mientras su solicitud de medidas provisionales no fuera resuelta por el pleno de la Corte Interamericana. 2. La Resolución del Tribunal de 28 de mayo de 2010, mediante la cual requirió al Estado que “se abstenga de extraditar al señor Wong Ho Wing hasta el 17 de diciembre de 2010, de manera de permitir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que examine y se pronuncie sobre la petición P-366-09 interpuesta ante dicho órgano el 27 de marzo de 2009.”2 3. El escrito de 27 de septiembre de 2010, mediante el cual el Estado remitió información en relación con las medidas provisionales y solicitó a la Corte que requiera al representante del señor Wong Ho Wing, inter alia, se abstenga de “utilizar maliciosa e irresponsablemente los recursos internos obstaculizando la administración de justicia […] pretendiendo que el Estado se vea impedido de adoptar las medidas necesarias para evitar que la eventual extradición del peticionario devenga en ilusoria e ineficaz”. Asimismo, indicó que “si [el beneficiario] opta por continuar pidiendo protección en sede 1 El Juez Diego García-Sayán, de nacionalidad peruana, se excusó de conocer el presente asunto, de conformidad con los artículos 19 del Estatuto y 21 del Reglamento de la Corte, lo cual fue aceptado por la Corte. Por tal motivo el Juez García-Sayán cedió la Presidencia en los términos del artículo 4.2 del Reglamento al Vicepresidente del Tribunal, Juez Leonardo A. Franco, Presidente en ejercicio para el presente asunto. 2 Asunto Wong Ho Wing, Solicitud de Medidas Provisionales respecto de la República del Perú. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 28 de mayo de 2010, Punto Resolutivo 1.

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