-19Contreras, Marco Antonio Cantoral Lozano, Vanessa Cantoral Contreras, Rony Cantoral Contreras y Ulises Cantoral Huamaní (punto resolutivo décimo segundo de la Sentencia); c) posibilitar la continuación del tratamiento psicológico en las condiciones en que lo están recibiendo Vanessa y Brenda Cantoral Contreras y brindar gratuitamente el tratamiento psicológico y medico requerido por los demás familiares declarados víctimas (punto resolutivo décimo tercero de la Sentencia); d) pagar los correspondientes intereses moratorios de las cantidades fijadas por concepto de indemnización por daños materiales, daños inmateriales y reintegro de costas y gastos (punto resolutivo décimo cuarto de la Sentencia) y, e) restituir la cantidad de USD$ 7.500,00 (siete mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) a Pelagia Mélida Contreras Montoya de Cantoral (párrafo 187 de la Sentencia). 4. Disponer que el Estado presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 21 de octubre de 2019, un informe sobre el cumplimiento de las reparaciones referidas en el punto resolutivo 3 de la presente Resolución, ordenadas en los puntos resolutivos noveno, décimo segundo, décimo tercero, décimo cuarto y párrafo 187 de la Sentencia, de conformidad con lo indicado en los Considerandos 6 a 15, 27 a 35, 38 a 42 y 47 a 50 de la presente Resolución. 5. Disponer que los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción del informe. 6. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Corte IDH. Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Supervisión de cumplimiento de sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 14 de mayo de 2019. Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Presidente Eduardo Vio Grossi Humberto Antonio Sierra Porto

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