las 15 personas identificadas por la Comisión, así como las detenciones de 14 de ellas,
con los hechos que justificaron la adopción de medidas provisionales en el Asunto Juan
Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua.
Además, si bien es cierto que los hechos que motivan una solicitud de medidas
provisionales o ampliación de las mismas no requieren estar plenamente comprobados,
sí se requiere un mínimo de detalle e información que permita apreciar prima facie una
situación de extrema gravedad y urgencia 21, la cual se puede determinar a partir de la
valoración del conjunto de factores o circunstancias políticas, históricas, culturales o de
cualquier otra índole que afectan al propuesto beneficiario o lo ubican en una situación
de vulnerabilidad en un determinado momento y lo exponen a recibir lesiones a sus
derechos22.
En razón de lo anterior, el Tribunal procederá a continuación a (1) referirse al
contexto actual de Nicaragua, en el que se enmarcan los hechos informados por la
Comisión para, posteriormente, (2) abordar la situación específica de cada uno de los
propuestos beneficiarios y determinar si es procedente la solicitud de ampliación de las
medidas provisionales.
1. Respecto al contexto actual de Nicaragua
Según se desprende de la información presentada y de la prueba documental
aportada, esta Corte observa que se mantiene el contexto identificado por la Corte en
la Resolución de 24 de junio de 202123. En ese sentido, “la situación de especial riesgo
y vulnerabilidad de las personas pertenecientes a la oposición o identificadas como
opositoras al actual Gobierno del país”, persiste 24.
Por otra parte, esta Corte observa que lo sucedido a las quince personas
identificadas por la Comisión Interamericana se enmarca en el mismo patrón que fue
identificado en la Resolución del 24 de junio de 2021. Así, las detenciones y procesos
penales iniciados hacen parte de un contexto de hostigamiento a quienes se manifiestan
en oposición a las políticas del actual gobierno de Nicaragua, sus colaboradores más
cercanos y trabajadores, el cual se ha visto exacerbado este año ante la inminencia de
las elecciones generales que tendrán lugar en los próximos días. Además, tal como
ocurre con los beneficiarios de las medidas provisionales ya adoptadas, las detenciones
de 14 de los propuestos beneficiarios, son la muestra más extrema del proceso de
hostigamiento y persecución en su contra 25. Dicha persecución se enmarca en la
aplicación de una serie de normas, mediante las cuales se han criminalizado las
Cfr. Asunto de los niños y adolescentes privados de libertad en el "Complexo do Tatuapé” da FEBEM
respecto Brasil. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de
julio de 2006, Considerando 23 y Caso 19 Comerciantes Vs. Colombia. Ampliación de Medidas Provisionales.
Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de abril de 2020,
Considerando 19.
21
Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 19, y
Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Adopción de Medidas Urgentes en favor de
Deisy Tamara Dávila Rivas y su núcleo familiar, supra, Considerando 22.
22
Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerandos 21 al 24.
23
Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 24.
24
Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 34.
25