-2361.
En su escrito de alegatos finales, el representante se refiere a esta decisión
como uno de los hechos del caso, al señalar que, en violación de normas procesales de
derecho interno, “finalmente la Corte de Apelaciones de Gonaïves había dictado la
decisión[, en la que] constató […] que no tenía competencia en el caso del señor
Neptune”. Además, alegó que la decisión no establecía nada en cuanto a los cargos y
que no rehabilitaba la reputación de la supuesta víctima, pues no se refería a la falta
de prueba de las acusaciones89. A su vez, el representante alegó, en lo que respecta al
artículo 7 de la Convención, que “la persecución del señor Neptune se dio en violación
del artículo 186 de la Constitución haitiana de 1987 […] porque los tribunales y cortes
ordinarios no tenían jurisdicción sobre un Primer Ministro que ha cometido un crimen o
delito en el ejercicio de su función, como lo reconoció tres años más tarde la Corte de
Apelaciones”90.
62.
Por su parte, en el referido escrito de 3 de octubre de 2007 el Estado señaló
que la decisión era “definitiva” y que la misma implicaba que, por su calidad de ex
Primer Ministro, el señor Neptune no podía ser juzgado en la justicia ordinaria. En
seguida manifestó que “el gobierno constitucional de Haití […] se compromete a que,
en un plazo razonable, el señor Neptune comparezca ante la Alta Corte de Justicia, tal
como lo dispone la Constitución de 1987”91.
63.
En respuesta a la solicitud de prueba para mejor resolver (supra párr. 12), el
representante manifestó que la decisión de la Corte de Apelaciones de Gonaïves no
había sido notificada a las partes, por lo que, según el derecho haitiano, no era oficial
ni definitiva y que los plazos para interponer recurso de casación no habían
comenzado a correr. Sin embargo, también manifestó que el señor Mario Joseph había
obtenido una fotocopia de la decisión, la que presentó ante el Tribunal de Primera
Instancia de Saint-Marc en abril de 2007, dentro de una acción de habeas corpus que
había interpuesto ante éste a favor de otros co-procesados del señor Neptune, quienes
habrían sido liberados luego de esa acción. Además, alegó que posteriormente aquel
tribunal de primera instancia rechazó una acción de la misma naturaleza, con base en
que no estaba legalmente al tanto de la decisión. Alegó también que aquella decisión
debe ser necesariamente notificada al señor Neptune y dejar que corran los plazos
para eventualmente recurrir a la casación, antes de ser intentada una acción ante la
Alta Corte de Justicia92.
64.
Respecto del supuesto carácter definitivo de la referida decisión, el señor
Joseph manifestó que no era definitiva pero que, en caso de ser notificada y no
apelada en casación, sí lo sería. El Estado manifestó en la audiencia que “una vez que
la Corte de Apelaciones de Gonaïves declaró su incompetencia rationae personae en
este caso, el Primer Ministro Yvon Neptune no puede ser perseguido en la justicia
ordinaria [y,] aunque se interponga un recurso de casación […], esto no afectaría el
status del Primer Ministro, quien se encuentra hoy en libertad, porque la parte civil no
puede cuestionar la pena”. Durante la audiencia, la Comisión manifestó que, una vez
89
Cfr. Alegatos finales escritos presentados por el representante, supra nota 65, párrs. 54-55 (folios
280-281).
90
Cfr. Alegatos finales escritos presentados por el representante, supra nota 65, párr. 71 (folio 285).
91
Cfr. Escrito del Estado de 3 de octubre de 2007, supra nota 81 (folio 295).
92
Posteriormente, el texto dactilografiado de la decisión fue aportado por el representante y el texto
oficial manuscrito por el Estado.