Brisa”. También, el Estado informó que se diseñaron materiales visuales para la ocasión, los cuales fueron previamente aprobados por la víctima, así como que “se elaboró y se repartieron 300 trípticos con los datos más relevantes de la Sentencia” y “se entregó el material proporcionado por Brisa” a las personas asistentes 18. 9. Adicionalmente, la Corte destaca las acciones llevadas a cabo por Bolivia con el objetivo de dar cumplimiento a la presente medida de reparación dentro del plazo de un año estipulado en la Sentencia, especialmente teniendo en cuenta la importancia simbólica que reviste a los fines de contribuir a reparar el daño sufrido por la víctima y de evitar que se repitan este tipo de violaciones. 10. Por lo expuesto, la Corte considera que Bolivia ha dado cumplimiento total a la medida ordenada en el punto resolutivo décimo segundo y el párrafo 191 de la Sentencia, relativa a realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del presente caso. POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones y de conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 24, 25 y 30 del Estatuto, y 31.2 y 69 de su Reglamento, RESUELVE: 1. Declarar, de conformidad con lo indicado en la parte considerativa, que el Estado Plurinacional de Bolivia ha dado cumplimiento total a las siguientes medidas de reparación: a) realizar las publicaciones y difusión de la Sentencia y de su resumen oficial ordenadas en el párrafo 190 de la Sentencia (punto resolutivo décimo primero de la Sentencia) y b) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional (punto resolutivo décimo segundo de la Sentencia). 2. Mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de las siguientes medidas que, conforme a lo indicado en el Considerando 1, serán valoradas en una posterior resolución: a) “manten[er] abierto el proceso penal seguido contra E.G.A. e impulsa[r] la investigación del caso si hubiere cualquier cambio de circunstancia que lo permita”, en los términos señalados en el párrafo 185 de la Sentencia (punto resolutivo noveno de la Sentencia); b) “adopta[r] todas las medidas necesarias para, dentro de un plazo razonable, determinar, por intermedio de las instituciones públicas competentes, las eventuales responsabilidades de los y las funcionarias que contribuyeron con su actuación a la comisión de actos de revictimización y eventuales irregularidades procesales en perjuicio de Brisa De Angulo Losada”, en los términos señalados en el párrafo 186 de la Sentencia (punto resolutivo décimo de la Sentencia); 18 Cfr. Informe estatal de 17 de noviembre de 2023. -4-

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